Los requisitos obligatorios para desheredar a un hijo
La herencia legítima es la destinada a los herederos forzosos, es decir, a los hijos.
Hay circunstancias y hechos que pueden complicar notablemente una herencia. La legislación en cuanto a ello es clara y, en general, se divide en tres partes: la legítima que es la destinada a los herederos forzosos, hijos o padres en el caso de que no hubiese descendientes; la de mejora, que es la parte que el testador dispone para mejorar la herencia de uno o varios de sus descendientes; y la de libre disposición, que el testador decide libremente y sin ningún límite.
¿Pero qué pasa si se quiere cambiar esa parte legítima, si lo que se desea es desheredar a un hijo? En ese caso, la perspectiva se complica y aunque no es imposible, la gestión no es sencilla y debe tener una justificación válida ante la ley.
Los motivos por los que se puede desheredar a un hijo, como explican en Legalitas, son los siguientes:
1. Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
2. Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.
Todo ello debe quedar demostrado y recogido en el testamento.