El cobro que hacen en algunos bares o restaurantes y que no deberían
Hay que andarse con ojo.
Cada cierto tiempo cobra relevancia en redes sociales algún ticket de un bar o restaurante en el que se ha cobrado por algún concepto que, en algunas ocasiones, con la ley en la mano, no debería ser así.
Uno de los casos que a veces genera controversia ocurre cuando en un establecimiento cobran precios superiores por la comida o la bebida cuando ésta se consume en la terraza. ¿Pueden hacerlo?
Esta es una práctica permitida, pero se debe cumplir una importante condición: que esté indicado. Esto es así para que consumidor sepa en todo momento cuál es el precio de lo que está pidiendo, vaya a tomarlo en el interior o en el exterior.
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), los locales pueden cobrar suplemento por la terraza o por sentarse en una mesa en lugar de consumir en la barra, pero deben indicarlo y aclarar la cuantía, "no basta un porcentaje del precio".
"Es preciso haber informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y el establecimiento. Y debe aparecer en la factura", agregan.
Asimismo, según la ley, no está permitida la advertencia "IVA no incluido", puesto que el consumidor debe conocer el precio final; cobrar por el cubierto o por el agua del grifo, entre otras prácticas.