La banca gana de nuevo con las cláusulas suelo
Frente a una decisión del mas alto tribunal, el TJUE, en el tema de la cláusulas suelo, el Gobierno da otro balón de oxígeno a la banca frente a una ciudadanía que no acaba de recuperarse de una crisis provocada por esa misma banca.
Como anticipamos en el artículo 'Cláusulas suelo y cortinas de humo', el procedimiento extrajudicial de las cláusulas suelo regulado por el Real Decreto refleja que, como si estuviésemos en un casino, la banca gana.
Y no es sólo un titular. Se trata de que, frente a una decisión del mas alto tribunal, el TJUE, el Gobierno da otro balón de oxígeno a la banca frente a una ciudadanía que no acaba de recuperarse de una crisis provocada por esa misma banca.
Este nefasto decreto, carente de la mas elemental lógica jurídica, establece un procedimiento extrajudicial para ejecutar la cosa juzgada, perjudicando de forma evidente los derechos de los consumidores.
- En primer lugar, impide el rápido reintegro de los intereses cobrados ilegalmente por la banca, tal y como ordena el Tribunal Europeo. Y recalco que son intereses ilegales, ya que llamarlos "intereses indebidos" sería un eufemismo, al existir sentencia judicial inapelable en contra.
- En segundo lugar, el plazo de tres meses que este nuevo decreto da a la Banca perjudica a los consumidores, aumentando a tres los dos meses que ya tienen los bancos en la actualidad para dar respuesta a las quejas de los usuarios, establecido desde hace cinco años en la Orden ECC/2502/2012 de 16 de noviembre, como denuncia FACUA.
- En tercer lugar, los bancos disponen de un mes desde su publicación para adaptarse a este nuevo proceso, con lo que adquieren un derecho adicional para comenzar a negociar con una primera oferta, que de seguro irán retrasando como vienen haciendo desde que empezaron las reclamaciones.
Así un procedimiento que se supone garante para el cliente y un salvavidas para unos juzgados atestados, lo que realmente consigue es legalizar las tácticas dilatorias con las que la banca se resiste a aceptar la decisión del Tribunal Europeo.
Así las cosas, los bancos proceden a reducir a la baja las consecuencias económicas por la devolución de estas cláusulas. Banco Popular, una de las entidades más afectadas por la sentencia, estima que dejaría de hacer frente a 229 millones de euros en devoluciones, mientras que Banco Sabadell mantiene sus provisiones de 490 millones, pero confía en que la cifra baje según la forma de ejecución del fallo del TJUE.
Vista la situación, en cualquier negociación con la banca hay que tener en cuenta los siguientes puntos:
- La estrategia de negociación y procesal, considerando en particular el cálculo de las cantidades que hay que devolver y los gastos de las costas judiciales en caso de acudir a los tribunales. Hay que recordar que este decreto otorga la posibilidad de que las entidades bancarias pacten con el cliente y que decidan si una solicitud de devolución de las cláusulas suelo es procedente o no. Estos pactos incluyen medidas compensatorias, como la renovación de las condiciones de la hipoteca o la reducción de cuotas hipotecarias. Así, en caso de acuerdo, el banco no devolvería en efectivo todas las cantidades cobradas de más y se evitaría el juicio.
- El cálculo de los intereses y gastos que deben ser devueltos: el banco no está obligado a calcularlos si considera la solicitud de devolución no procedente.
- Las costas judiciales: los bancos no correrían con las costas si el cliente no hace uso de este procedimiento extrajudicial. Pero si ambos acuden a este nuevo sistema y aun así no llegaran a acuerdo, el banco sólo tendría que pagarlas en caso de que la cantidad ofertada en el procedimiento extrajudicial fuera menor.
Este artículo fue publicado originalmente en inglés en el blog de Del Canto Chambers