Contra la criminalización de la ayuda humanitaria
Después de acudir a rescatar a una embarcación llena de migrantes al los que finalmente encontraron, tres bomberos españoles fueron interrogados y detenidos con cargos en aguas griegas. Fueron acusados por la autoridad de ese país de tráfico de personas, "en grado de tentativa", y de posesión de armas (su cutter reglamentario en los uniformes de rescate). La UE tiene que hacer todo lo necesario para que solventar esta situación y que no se produzcan hechos similares.
El 14 de enero de 2016, en mitad de una noche de frío glacial, la ONG humanitaria PROEM-AID (Professional Emergency Aid), establecida temporalmente en Lesbos, recibió la notificación del naufragio de una embarcación frágil atestada de inmigrantes, en su singladura hacia las vulnerables costas de alguna isla griega y, por ende, de la UE. Inmediatamente, un equipo de la organización tomó la decisión de partir a la búsqueda y rescate de posibles supervivientes del bote hundido. Formaban parte de la operación tres heroicos voluntarios bomberos españoles: los sevillanos Manuel Blanco, José Enrique Rodriguez y Julio Latorre.
Los voluntarios vestían sus usuales uniformes de rescate, cascos de seguridad convenientemente iluminados y todo el equipo de acreditación del carácter humanitario de su misión. Lamentablemente, después de horas de rastreo infructuoso en las aguas del siniestro -sin resultados, a pesar del empleo de los focos de larga distancia a su lancha salvavidas- los cooperantes de PROEM-AID decidieron retornar a la base de Lesbos. Encontrándose ya próximos a la costa, fueron interceptados por una patrulla griega que les requirió de inmediato un registro exhaustivo en las oficinas de la Guardia Costera de la República Helénica.
Una vez allí, los tres bomberos españoles fueron interrogados y detenidos con cargos. Estaban siendo acusados por la autoridad griega de tráfico de personas, "en grado de tentativa", y de posesión de armas (su cutter reglamentario en los uniformes de rescate).
Trascurridos tres días desde su detención, los tres voluntarios españoles fueron puestos en libertad previo pago de una fianza de 5000 euros cada uno, pendientes de juicio penal. El señalamiento de la vista se encuentra todavía hoy irresuelto: ninguna información acerca de la duración de la instrucción del sumario: la previsión oscila en torno a los 18 meses.
Hasta aquí el relato de los hechos.
Esta semana, en Bruselas, la Comisión de Peticiones del PE recibe, en vivo, el testimonio de la organización humanitaria implicada, de sus protagonistas directos y sus representantes legales, abogadas y abogados, especializados en los derechos humanos consagrados en las reglas del Derecho Internacional humanitario. Mediante la presentación del caso en todo su dramatismo, los comparecientes promueven la revisión de la normativa europea y la legislación de los EEMM que sustentan el actual riesgo de criminalización, tanto de los migrantes en situación irregular como de cualquier persona, ciudadanos europeos incluidos, que les proporcionen cobertura, colaboración o asistencia... ¡aun cuando se trate de ayuda puramente humanitaria!
En efecto, la llamada "Facilitation Directive" (Directiva 2002/90 del Consejo, por la que se define la ayuda a la entrada, circulación y estancias irregulares) permite acusar penalmente a cualquier persona que "intencionadamente" ayude a un "no nacional a entrar en el territorio de un Estado miembro, vulnerando la legislación del Estado de que se trate acerca de la entrada o tránsito de extranjeros" (art. 1.1), o contra cualquiera que, "con ánimo de lucro", ayude a permanecer "en el mismo a un irregular vulnerando la legislación del Estado de que se trate sobre estancia a extranjeros".
El artículo 1.2 añade: "los EE.MM podrán decidir (...) no imponer sanciones en los casos en el que el objetivo (...) "sea prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate". Podrán, dice literalmente, cuando a todas luces debería decir: "deberán"!
El objetivo de la solicitud cursada ante la Comisión de Peticiones del PE no es otro que confrontar con esta inaceptable e inmoral aplicación e interpretación aplicativa del art. 1.2 de la "Facilitation Directive", que permite criminalizar la misma ayuda humanitaria que de manera ejemplar instrumentan ONG´s y voluntarios abnegados. En otras palabras, se trata de modificar cuanto antes esa directiva para decir "deberán" ("shall") donde ahora dice "podrán" ("may").
Ese objetivo cuenta con mi pleno apoyo, y el de la entera Delegación Socialista Española en el PE.
La Comisión de Libertades, Justicia e Interior -que presidí entre los años 2009-2014- encargó, pensando en ello, un excelente estudio - "Fit for purpose? the Facilitation Directive and the criminalisation of humanitarian assitance of irregular migrants"- en el que de manera documentada y exhaustiva, examina las contraindicaciones moral y políticamente inaceptables de la legislación vigente de los EEMM, en la que sobresalen contraejemplos singularmente abyectos como el intento perpetrado por el entonces primer ministro Berlusconi por tipificar penalmente toda suerte de ayuda y/o asistencia a inmigrantes irregulares.
El 19 de octubre de 2016, el Comisario de Inmigración de la UE, Dimitris Avramopoulos recibió a los bomberos españoles con más de 132.000 firmas contra la criminalización de la ayuda humanitaria. Manuel Blanco, José Enrique Rodriguez y Julio Latorre, sevillanos, españoles, europeos, son un exponente de dignidad en la UE; que exige la revisión inmediata e inaplazable de una Directiva contraria a los valores fundantes de la construcción europea.