El Fondo de Garantía de Depósitos
Los problemas a los que se enfrenta el sector bancario nos hacen dudar de si el saldo de nuestra cuenta corriente está a salvo. La existencia del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) nos da cierta tranquilidad pero, ¿conocemos cómo funciona?
La coyuntura económica y los problemas a los que se enfrenta el sector bancario nos hacen dudar de si el saldo de nuestra cuenta corriente o nuestros depósitos a plazo están a salvo. La existencia del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) nos da cierta tranquilidad pero, ¿conocemos cómo funciona y en qué medida nos asegura nuestros ahorros?
El Fondo de Garantía de Depósitos es, como mencionábamos en post anteriores, una especie de "hucha" del sector bancario. Pongamos un símil sencillo con un grupo de amigos (entidades bancarias) que crea un fondo común o "hucha" (FGD) para posibles imprevistos de alguno de ellos (incapacidad de devolver los depósitos y dificultades financieras).
En España existe un único FGD (antes de octubre de 2011 había tres) del que forman parte todas las entidades financieras nacionales y extracomunitarias que pueden captar depósitos (bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito y entidades de países no miembros de la Unión Europea). Algunas entidades no están adscritas al FGD español. Entre ellas se encuentran el ICO y las entidades que operan en España pero que provienen de otros países miembros de la Unión Europea, ya que dichas entidades forman parte de los Fondos de sus respectivos países, aunque pueden adherirse voluntariamente al FGD español. Esto es relevante porque la cobertura puede ser diferente según el país de origen de la entidad. Actualmente, se está estudiando la creación de un Fondo de Garantía de Depósitos europeo.
Las entidades adscritas al FGD van rellenando la "hucha" mediante aportaciones anuales proporcionales a los depósitos garantizados, de modo que las entidades con más depósitos aportarán más dinero. Además, las entidades que comercializan superdepósitos (depósitos de alta remuneración) deben realizar aportaciones adicionales, lo que supone una penalización a este tipo de productos. En situaciones excepcionales, el FGD puede solicitar a las entidades aportaciones extraordinarias, conocidas como "derramas".
El objetivo fundamental del FGD es garantizar el dinero de los depositantes e inversores. Si una entidad adscrita al FGD quiebra o no puede devolver el dinero a los depositantes, estos podrán recuperar sus ahorros con un límite de 100.000 euros (hasta 2008 eran 20.000 euros) por persona y entidad. Adicionalmente, están garantizados los valores confiados a las entidades, con un límite de 100.000 euros.
Pongamos un ejemplo para entenderlo mejor: Imaginemos que una pareja tiene 20.000 euros en una cuenta corriente y 90.000 euros en un depósito a plazo, todo en el Banco X. Si solo figura como titular uno de los miembros, la cobertura del FGD sería de 100.000 euros, de modo que en caso de quiebra de la entidad perderían 10.000 euros (100.000 - 20.000 - 90.000 = -10.000) En cambio, si ambos fuesen titulares, la cobertura ascendería a 200.000 euros, y entonces sí recuperarían todos sus ahorros. De igual manera, los 110.000 euros podrían estar repartidos en dos o más entidades y eso les permitiría tener la cobertura total de los mismos, aunque sólo uno de los miembros de la pareja fuera el titular.
Además de garantizar los depósitos, el FGD tiene una finalidad adicional: rescatar a las entidades en dificultades. En la actual crisis bancaria, el FGD ha hecho frente a casi todo el dinero que, de momento, se ha utilizado para recapitalizar y otorgar ayudas en la cobertura de pérdidas de las entidades intervenidas y adjudicadas (CCM, Cajasur, CAM y Unnim). Es decir, hasta ahora, el Gobierno no ha tenido que utilizar fondos públicos para recapitalizar dichas entidades tras su adjudicación, sino que ha sido el propio sector el que ha asumido las pérdidas potenciales, ya que se ha comprometido el capital de esta "hucha". Volviendo al símil de los amigos, sería como si uno de ellos está en apuros económicos y los demás le "regalan" el dinero del fondo común, de modo que el amigo en apuros estaría consumiendo lo que previamente han aportado todos.
Actualmente, las ayudas otorgadas han consumido todos los fondos del FGD -a cierre de 2011 ya registraba un capital negativo-. Para subsanarlo, las entidades adscritas han acordado realizar una derrama extraordinaria, distribuida según la cuota de depósitos, que pagarán mediante diez cuotas anuales iguales.
En resumen, el FGD es un fondo privado perteneciente al sector bancario, sin participación pública, que se utiliza para garantizar los depósitos y para recapitalizar y sanear las entidades financieras intervenidas en esta crisis.