La ropa que mataba amas de casa

La ropa que mataba amas de casa

"Nuestra madre murió, (...) le diagnosticaron mesotelioma pleural maligno, nuestra madre había sido víctima de la inhalación de fibras de amianto producidas por la fábrica PAISA de Errentería. Ahora bien, ella no trabajaba en dicha empresa, era ama de casa."

DEA PICTURE LIBRARY via Getty Images

"Nuestra madre murió, (...) le diagnosticaron mesotelioma pleural maligno, nuestra madre había sido víctima de la inhalación de fibras de amianto producidas por la fábrica PAISA de Errentería. Ahora bien, ella no trabajaba en dicha empresa, era ama de casa. Ocurría, sin embargo, que teníamos como a unos 10 metros de la casa familiar un ventilador --yo, era pequeño y lo recuerdo como gigantesco-- que lanzaba a la calle el maldito polvo" 

La Plaza de la Música. Historias del Amianto (2010) Juan Miguel Gutierrez  

No es un cuento macabro o el título del último libro de Stephen King, aunque podría serlo.

La tragedia del amianto es un thriller real que ha resultado muy prolífico para los tribunales de Justicia de todo el mundo.

El asbesto o amianto, es un grupo de minerales de inocente apariencia, cuyas diminutas partículas, en forma de finas fibrillas desprendidas en el aire que respiramos, pueden causar estragos en nuestra salud. Fue muy utilizado industrialmente en todo el mundo a partir del siglo XX, y masivamente en Europa entre los años 30 y hasta pasados los 80, prohibiéndose su comercialización por la UE mediante la Directiva 1999/77/CE (con un plazo de transposición para los estados miembros hasta el 2005), que España adelantó, en su cumplimiento, al año 2001. Pese a estar prohibido en 52 países, aún se producen más de dos millones de toneladas al año de amianto, según un reciente informe de Environmental Health Perspectives.

Un siglo de utilización industrial del "polvo blanco" ha sido suficiente para generar miles de muertes en todo el mundo con una previsión nada halagüeña en nuestro país, donde fallecerán entre 2016 y 2020 un total de 1.319 personas. Es decir, 264 muertes al año sólo por cáncer pleural derivado del amianto, según las previsiones realizadas en 2013 por investigadores del Instituto de Salud Carlos III.

"Un siglo de utilización industrial del "polvo blanco" ha sido suficiente para generar miles de muertes"

El tiempo juega en contra de los trabajadores que se expusieron al crisotilo asesino. Actúa como un artefacto explosivo implantado en el tórax y estratégicamente programado para explotar, incluso décadas después, cuando se manifiesta a través de una asfixia lenta, como es el caso de la asbestosis, también llamada "pulmón de piedra"; o de terribles tumores malignos como el mesotelioma ("cáncer del amianto"), que en la pleura puede llegar a ser extremadamente doloroso; o del cáncer de laringe, (incluido este último, en diciembre 2015 en el listado de enfermedades profesionales derivadas del amianto), entre otros tipos de cáncer que hoy sabemos están vinculados con la inhalación del mineral asesino, unos ya reconocidos en España como enfermedad profesional (cáncer de pulmón), otros todavía no (cáncer de ovario y del tubo digestivo).

La magnitud de la extensión para este enemigo latente es imprevisible e incuantificable, al expandirse mucho más allá de las industrias en las que se manipulaba de forma directa. Sus consecuencias todavía pasan factura a trabajadores, sus familiares y a vecinos de los alrededores de las fábricas del amianto.

"... a veces , durante el proceso de elaboración, se formaban nubes de polvo que se extendían por la fábrica o salían a la calle. Caían las partículas del amianto y nosotros nos lo tomábamos como si estuviera nevando, incluso bromeábamos con ello" , recordaba un trabajador , de 71 años, de la antigua fábrica de Uralita de Dos Hermanas (Sevilla) (1)

Aquellas pequeñas partículas, invisibles al ojo humano, penetraban agazapadas en los uniformes de los operarios accediendo así a sus hogares, y de ahí a sus esposas, las amas de casa que entre sus labores incluían la el lavado, planchado y manipulación de la ropa intoxicada de sus maridos, ignorando la malignidad de las fibras asesinas que les acompañaban a diario hasta el domicilio conyugal.

Personas como la italiana Romana Blasotti Pavesi, símbolo internacional en la lucha contra el amianto, perdió a su marido, su hermana, un primo, un sobrino y, finalmente a su hija de mesotelioma causado por amianto, aunque sólo el marido había trabajado en la fábrica.

La sentencia del Tribunal Supremo (Sala civil) de 3 de diciembre de 2015 (sentencia nº639/2015; recurso nº 558/2014) (2)

El pasado mes de diciembre de 2015, el Tribunal Supremo (Sala civil), nos sorprendía mediáticamente con una sentencia en la que se avala el derecho a percibir indemnizaciones, de casi 200.000 euros en total, a favor de tres esposas, (una de ellas ya fallecida), de trabajadores de las fábricas de Uralita de Getafe y Valdemoro (Madrid), por las enfermedades contraídas por causa de la limpieza, sacudida y planchado de la ropa de trabajo y calzado de sus maridos. Prendas impregnadas de polvo de amianto, que los obreros debían lavar en sus domicilios, tarea asumida en exclusiva por sus esposas.

Tres amas de casa que enfermaron sin pisar una fábrica y que, por tanto, deben acudir a la vía civil para reclamar los daños, como víctimas pasivas del amianto.

Por ello, el Alto Tribunal, se declara competente para resolver el asunto y destaca que la responsabilidad que se imputa no se hace descansar únicamente en el riesgo creado por la utilización de un producto como el amianto, sino que se asienta en la omisión de la diligencia extrema que cabía exigir a las empresas en atención a un riesgo previsible frente a terceros ajenos a la relación laboral, pero que manipulaban la ropa de los trabajadores, una vez que a partir de los años cuarenta se fue teniendo un mayor conocimiento del riesgo que en general suponía la exposición al polvo de amianto, incluso para terceros ajenos a la relación laboral que la empresa sabía que podían entrar en contacto con este material, exponiéndose domésticamente a los graves riesgos vinculados al mineral.

Según el Tribunal Supremo:

"no se trata de analizar si Uralita S.A cumplió o no con la normativa laboral en materia de prevención de riesgos por la manipulación de asbesto o amianto, lo que es propio de la jurisdicción social, sino si aquélla actuó frente a terceros ajenos a esta relación con la diligencia exigible una vez que a partir de los años cuarenta va teniendo un mayor conocimiento del riesgo que, en general, suponía la exposición al polvo de amianto, incluso para terceros ajenos a la relación laboral (...)".

De este modo, la Sala Primera aprecia la responsabilidad extracontractual (art. 1902 Código civil) de las empresas demandadas por aplicación de la "doctrina del riesgo", cuya entidad está en consonancia con la importancia de los daños que pueden ocasionarse, y se traduce en la exigencia de una mayor precaución y en la adopción de medidas que eviten accidentes o consecuencias dañosas, exigiéndose la carga de la prueba del agotamiento de la diligencia, a las demandadas.

En la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de 21 de octubre de 2013 (recurso nº242/2010), se afirma sin tapujos:

"Uralita sabía desde 1947 que el polvo de amianto era peligroso y no adoptó ninguna medida de protección hasta bien entrados los años 70, amparada en una regulación absolutamente obsoleta y permisiva con el empresario. Desde el mismo momento en que conoció la peligrosidad del amianto, debería haber puesto especial cuidado en la protección de los trabajadores que lo manipulaban (...) Uralita, tampoco acreditó el cumplimiento de la Orden de 21 de julio de 1.982 sobre las condiciones en que se deben realizar los trabajos en los que se manipula el amianto, habiéndose constatado que los trabajadores no llevaban cubierto el cabello y que los monos de trabajo , tenían bolsillos".

Esta resolución abandera, desde la más alta jerarquía judicial ordinaria, la aplicación de justicia para la exposición doméstica al amianto, que beneficiará a muchas esposas españolas o a sus herederos y que, sin estar incluidas en las estadísticas del amianto ni haber salido de sus hogares, son víctimas actuales de un nuevo golpe de género que se escribe en femenino, pues hasta el momento, el lavado de la ropa de trabajo ajena, sólo ha matado mujeres.

(1)- Manifestación de Don Alberto Martínez, recogida en el artículo de El País, publicado el 10 de junio de 2013 con el títular 26 extrabajadores afectados por el amianto exigen 2'2 millones a Uralina

(2)- Se aclara aquí que la sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, que se analiza en este artículo, y que mantuvo el derecho al cobro de las indemnizaciones de las tres amas de casa referidas, también estimó en parte el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por Uralita SA y Uralita Sistemas de Tuberías SA, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid-Sección 11ª- de fecha 21 de octubre de 2012, declarando la incompetencia para conocer de las reclamaciones del resto de demandantes, dejando a salvo el derecho de los mismos a reclamar sus indemnizaciones por la vía de la jurisdicción social y no civil, pero ello no es objeto de análisis en este artículo.

(3)- El presente artículo ha sido revisado, en materia de salud, por el Dr. José Miguel Sanz Anquela, médico en el Servicio de Anatomía Patológica y en el Registro de Tumores del Hospital Universitario Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares.

Puedes leer aquí la sentencia completa

*Nota del editor: debido a un error de edición se publicó anteriormente una versión incompleta de este artículo.