Un Tribunal Constitucional dividido rechaza el recurso de amparo de Junqueras
Rompe la unanimidad que había mantenido durante el 'procés'.
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo que presentó el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras contra su situación de prisión preventiva, en un pleno en el que por primera vez se ha roto la unanimidad entre los magistrados en asuntos relacionados con la causa del “procés”.
Con 9 votos a favor y 3 en contra, el tribunal de garantías ha sacado adelante la ponencia del presidente, Juan José González Rivas, que aboga por no amparar a Junqueras ya que las decisiones judiciales cuestionadas cumplen con las exigencias constitucionales.
Sin embargo, tres magistrados han suscrito un voto conjunto discrepante a la decisión del pleno, por lo que ha perdido el consenso mantenido hasta la fecha a la hora de abordar los recursos derivados de la causa del “procés”.
No han estado de acuerdo con la decisión de la mayoría los magistrados Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer, Fernando Valdés, de carácter progresista, que argumentarán su discrepancia en un voto particular conjunto.
Se pierde el consenso
El pleno de doce magistrados ha perdido el consenso que se ha esforzado en mantener hasta ahora a la hora de abordar el fondo de los recursos derivados de la causa del proceso independentista de Cataluña.
En el orden del día del pleno también figura otro recurso de Junqueras contra la negativa del juez Pablo Llarena de dejarle ir al pleno constitutivo del Parlament cuando fue elegido diputado en 2017. El ponente, Juan Antonio Xiol, aboga por ampararle, por lo que es posible que vuelvan a surgir discrepancias.
Aunque fuentes jurídicas consultadas por Efe insisten en que discrepar forma parte de la tónica general de todos los tribunales, dentro del pleno siempre ha existido la voluntad de decidir por unanimidad, conscientes de que las defensas de los líderes independentistas condenados intentarán buscar cualquier resquicio de división en el tribunal y querrán servirse de los votos particulares cuando acudan al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Junqueras, condenado a 13 años de cárcel por el “procés”, recurrió ante el TC los autos del Tribunal Supremo que confirmaban la prisión preventiva -situación en la que estuvo casi dos años- al alegar que se habían vulnerado sus derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión, su derecho a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia y a la vida familiar.
Quejas que no admite el tribunal en su sentencia, de la que por el momento solo se ha conocido el fallo y en la que desestima el recurso respecto a los demás derechos supuestamente vulnerados: libertad personal, aplicación de la prisión provisional, derecho a la participación y representación políticas y acceso a cargo público y derechos a la defensa y a la legalidad penal.
Según las fuentes consultadas, el recurso de Junqueras era uno de los que suscitaba más complejidad y, tras su resolución, se abre la puerta a que el tribunal empiece a decidir sobre la lista de recursos de condenados del “procés”.
La sentencia también ha contado con un voto particular concurrente del magistrado Santiago Martínez-Varés, que está de acuerdo con la decisión de la mayoría, pero no con la argumentación utilizada.