Transparencia fiscal en Europa
Compañías con cifras de negocio mareantes en Europa, en la práctica, pagan en concepto de impuestos cantidades absolutamente ridículas.
No es un hecho desconocido que muchas de las (súper) compañías que operan a escala global, sobre todo aquellas que nacieron al calor de la digitalización de la economía, tienen una operativa fiscal bastante opaca. Compañías con cifras de negocio mareantes en Europa, en la práctica, pagan en concepto de impuestos cantidades absolutamente ridículas. A través de compañías pantalla, de la creación de alambicados sistemas filiales en los países de la Unión Europea (UE), o de su domiciliación en países que comúnmente conocemos como “paraísos fiscales”, las autoridades nacionales de los países miembros y la propia Comisión Europea son incapaces siquiera de conocer datos tan básicos como información acerca de sus plantillas efectivas, o sobre los volúmenes de negocio total. Recientemente la justicia ha impedido a la Comisión multar a Starbucks por evadir impuestos, debido a que precisamente articula su actividad en Europa a través de una filial con personalidad jurídica diferente; la institución europea fue incapaz de acreditar esas prácticas suficientemente ante el Tribunal debido a la imposibilidad material de acceder a algunos datos. Mala noticia para todos/as los/as europeos/as, que veremos mermados los recursos destinados a financiar nuestros servicios y nuestro Estado de Bienestar.
Lo cierto es que ya por 2015 se consiguió aprobar un exigente código de transparencia en Europa para las multinacionales del sector de la energía y de los recursos naturales. Los efectos han sido muy beneficiosos, la mera transparencia ha permitido que se haya corregido mucha de la mala praxis, sobre todo en lo que se refiere a su actuación en terceros países en vías de desarrollo. En 2017, la Comisión, empujada por muchas de las revelaciones derivadas de escándalos como los de los Papeles de Panamá, previó implementar una normativa de transparencia operativa y fiscal general para plataformas digitales y compañías multinacionales, con el único límite de tener un volumen de negocio anual superior a los 750 millones de euros. El primer borrador fue mejorado posteriormente por el Parlamento Europeo, que introdujo parámetros más exigentes acerca de la publicidad sobre su resultado económico real (y el de sus filiales), sobre el número de sus empleados o sobre los ejercicios fiscales. Todo ello país a país y accesible para la ciudadanía, basado jurídicamente en materia de transparencia; el Parlamento incluso incluía la obligación de desclasificar la actividad en terceros países. Es lo que se ha venido en llamar Country By Country Report (CBCR).
Pero he aquí que, una vez elevado el reporte del Parlamento al Consejo –compuesto por los gobiernos de los países miembros–, el expediente se paralizó. Países como Suecia (sorprendentemente), Irlanda u Holanda (estos menos sorprendentemente), se opusieron a un levantamiento del velo operativo de esta naturaleza. Argumentaban desde el Consejo que la base jurídica sobre la que se tendría que aprobar una norma europea de esta clase sería sobre la normativa en materia fiscal y no sobre la de la transparencia. Esa pequeña diferencia de matiz es tan decisiva que en el primer caso se reservaría a Comisión y Consejo su aprobación (sin participación del Parlamento), requiriendo unanimidad entre los países miembros. Ello haría que un único país pudiera vetar la norma, lo que hace su aprobación inviable en la práctica. Esta diferencia de criterio jurídico ha provocado que el expediente se haya paralizado hasta el día de hoy.
El CBCR es una herramienta fundamental de salud democrática, de sostenibilidad del modelo de bienestar europeo y de solidaridad entre países miembros. La ciudadanía tiene derecho a saber dónde y de qué manera operan las grandes corporaciones empresariales, si observan una conducta ética en su operativa, dónde y cómo pagan impuestos. Los países de Europa necesitan herramientas claras para evitar que aquellas multinacionales que extraen ingentes beneficios en el mercado interior europeo contribuyan con sus ingresos a financiar nuestros servicios públicos –y no se los lleven a un paraíso fiscal–. La Unión, por último, no puede seguir permitiendo una opacidad interior que produce picaresca impositiva entre países miembros; no es de recibo la existencia de paraísos fiscales en el interior de Europa, no es sostenible el dumping fiscal entre países miembros de la Unión.
En la audiencia de Margrete Verstager este martes, la candidata danesa a la Vicepresidencia de la Comisión fue interpelada sobre este asunto por un diputado. Su respuesta fue esperanzadora: El CBCR debe ser reactivado para arrojar luz sobre la operativa de las grandes compañías que operan en Europa y para asegurar la transparencia fiscal. ¿No es extraño que algunas empresas, en lugar de alardear de ello, estén constantemente tratando de ocultar los datos acerca de cuánto empleo crean, o de cuál es su volumen de negocio?
El CBCR es un expediente compartido entre los Comités de Economía y de Asuntos Jurídicos (JURI). En el caso de JURI, he sido designado ponente para reactivar esta normativa. Estoy comprometido, como mi grupo de los Socialistas y Demócratas en Europa, en revivir un debate que es capital para la Unión. La supervivencia del modelo europeo de bienestar y derechos tiene mucho que ver con ello.