Podemos se enfrentó a diez denuncias en cuatro años y todas quedaron en nada
La primera causa fue una querella contra Pablo Iglesias por blanqueo de capitales en 2014, el año de su irrupción.
Ni una, ni dos, ni tres... sino diez. Podemos se enfrentó a una decena de denuncias entre 2014 y 2017 que quedaron en nada. Pero el viacrucis judicial de los morados está lejos de terminar. Los de Pablo Iglesias están involucrados en otros dos procesos que se están investigando en los tribunales y que auguran un otoño caliente a los morados: el ‘caso Dina’ y la supuesta financiación irregular de dirigentes del partido que señala el exabogado de Podemos José Manuel Calvente.
Mientras los jueces dirimen si hay delito en esas causas abiertas, fuentes del partido ofrecen en contraposición una ristra de los procesos que terminaron siendo archivados e inadmitidos a trámite. Los morados están acostumbrados a recibir fuego en los tribunales procedente de la derecha. Tanto, que siempre han visto cualquier denuncia contra ellos como una operación para impedirles llegar al Gobierno y, ahora que están en él, para provocar su salida.
El asedio a los dirigentes del partido llega hasta la casa del líder, a la que acude casi cada día desde mediados de mayo una horda de militantes de extrema derecha con cacerolas para proferir insultos y perturbar a la familia del vicepresidente segundo del Gobierno, de la ministra de Igualdad, Irene Montero, y de sus tres hijos menores de edad.
El propio Pablo Iglesias recogió el sentir de su partido cuando se conocieron las acusaciones de financiación irregular: “En estos años, han sido muchas las ocasiones en las que se nos ha acusado de delitos graves. Informe PISA, montaje a Vicky Rosell, documentos falsos sobre cuentas en paraísos fiscales... Una lista interminable. El final de todas estas acusaciones es conocido”, zanjó en Twitter.
Y no le falta parte de razón porque, contra Podemos, ha valido todo. Voceros mediáticos de la derecha, como Federico Jiménez Losantos, llegó a decir si veía a algunos dirigentes del partido les disparaba con escopeta. Hasta policías han fabricado, supuestamente, informes sin fundamento para tumbarles.
Durante la estancia en Interior del comisario José Santiago Sánchez Aparicio, conocido como El Chati, vinculado al Sindicato Profesional de Policía y “del PP”, según le describieron algunos compañeros, se creó en 2016 el informe apócrifo que trató de noquear a los morados en pleno auge de la formación y en el que se vinculaba al partido con el Gobierno de Irán.
La Udef usó ese informe, llamado PISA (Pablo Iglesias Sociedad Anónima) para denunciar al partido ante el Tribunal de Cuentas. Pero ese es solo un capítulo en el libro de las querellas contra Podemos y los dirigentes del socio de Gobierno del PSOE.
La primera querella se resolvió en enero de 2015. El Supremo rechazó una denuncia contra Pablo Iglesias por delitos de blanqueo y falseamiento de cuentas. En el auto, el tribunal dejó claro que no vio “ningún elemento o principio de prueba” que avalara los hechos que denunció el Partido Socialista de la Justicia del polémico abogado Emilio Rodríguez Menéndez.
La querella imputó a Iglesias, aforado entonces ante el Supremo por su condición de eurodiputado, a Iñigo Errejón y a Luis Alegre, la recepción de 3,7 millones de euros a través de la Fundación Centro de Estudios Políticos y Sociales (CEPS) procedentes del gobierno venezolano y derivados de convenios de asesoramiento político con dicho país.
La segunda querella contra el líder morado se zanjó en abril de 2015. La puso Jorge González Herrán, titular de la marca ‘Podemos’ registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas, quien se querelló contra Iglesias, la exmiembro del partido Carolina Bescansa y la propia formación por un delito contra la propiedad industrial, al considerar que utilizaron una marca que le correspondía en exclusiva.
El Supremo archivó la querella, porque entendió que la actividad de Podemos se ceñía al ámbito político y no al empresarial: “En el caso que nos ocupa todo indica que la actividad de los querellados no tiene como objetivo fines industriales o comerciales, cuando menos en su ámbito prioritario o sustancial, ya que se muestra ajena al campo empresarial y se circunscribe al campo político”.
La tercera querella se resolvió un mes después, en mayo de 2015. El Tribunal Supremo volvió a inadmitir a trámite y a archivar la querella que planteó el sindicato Manos Limpias contra Pablo Iglesias por varios presuntos delitos de desobediencia, contra los derechos de los trabajadores, organización criminal o asociación ilícita, apropiación indebida o delito societario de administración desleal, tráfico de influencias, cohecho o corrupción entre particulares, y delito contra la Hacienda Pública. El Supremo consideró que los hechos no eran constitutivos de ilícito penal alguno.
En agosto de 2015, el alto tribunal archivó otras dos querellas contra el exdirigente y cofundador de Podemos Juan Carlos Monedero por supuesto fraude fiscal. En este caso, fue el juez de Instrucción número 45 de Madrid, el que acordó inadmitir a trámite las dos querellas interpuestas por delitos societarios, contra la Hacienda Pública y falsedad documental. Ambas denuncias fueron presentadas ante los tribunales, de nuevo, por el sindicato Manos Limpias y por el letrado Rodríguez Menéndez.
La siguiente aventura judicial se zanjó en febrero de 2016. La Audiencia Provincial de Madrid archivó la querella presentada otra vez por Manos Limpias contra la junta directiva de la productora del líder de Podemos, Asociación Cultural Promociones con Mano Izquierda. El sindicato acusó a los responsables de la productora de delitos de blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública, contra el derecho de los trabajadores, organización criminal o asociación ilícita y desobediencia a la autoridad.
En esa denuncia Manos Limpias dijo que la sociedad de Iglesias se empleaba como “pantalla” para “notorias irregularidades” como emplear a trabajadores sin tenerlos de alta la Seguridad Social; el pago de comisiones en dinero ‘B’ por prestaciones de servicio; la supresión de derechos de los trabajadores; el abuso de las condiciones fiscales que caracterizan a una asociación sin ánimo de lucro; y la obtención de subvenciones de entidades y personalidades internacionales, de sospechoso origen ilícito, procedentes de Venezuela y el régimen iraní.
De nuevo quedó en nada. Los magistrados entendieron no había “apariencia delictiva” que justificara abrir un procedimiento penal. Los jueces de la Audiencia Nacional coincidieron con el criterio del Supremo que ya inadmitió a trámite una querella similar.
En abril de 2016, el Supremo archivó la sexta querella que planteó Manos Limpias contra Pablo Iglesias e Ïñigo Errejón. Contra el hoy secretario general de los morados por los mismos motivos de la tercera querella. Y contra Errejón por su vinculación a la Universidad de Málaga, de la que percibió una remuneración mientras ya ostentaba un cargo público. No obstante, los jueces desestimaron la querella “por no ser los hechos constitutivos de ilícito penal en algunos de los supuestos relatados en la misma y por carecer de elementos acreditativos iniciales mínimos en los restantes”.
En ese momento, se sucedían las informaciones fabricadas en Interior sobre el partido de Pablo Iglesias. Allí se elaboró un documento incriminatorio con los morados, que no llevaba firma alguna, y que vinculaba al partido de Iglesias con el Gobierno de Irán que, supuestamente, financió al líder del partido y a su entorno para lanzar la carrera del hoy vicepresidente segundo del Gobierno.
El llamado informe Pisa (Pablo Iglesias Sociedad Anónima) fue la base que usó la Udef para llevar el caso al Tribunal de Cuentas y para que se presentaran, tras su difusión en los medios de comunicación, dos denuncias en la Audiencia Nacional y en el Tribunal Supremo contra la cúpula de la por aquel entonces tercera fuerza política del país.
Los jueces del Supremo tuvieron que salir al paso: “Sobre el informe P.I.S.A., recogido en informaciones periodísticas, la Sala recuerda que la mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede justificar, sin más, la apertura de un procedimiento penal para la investigación de los hechos descritos si la denuncia o querella que los incorpora no aporta algún indicio accesible y racional de su comisión”.
La séptima denuncia la archivó el Supremo en julio de 2016. Un particular demandó al secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, por supuestos pagos por asesoramientos al Gobierno de Venezuela. Pero la Justicia consideró que los hechos denunciados no eran constitutivos de delito. El auto indicó que la denuncia se basaba en “simples noticias”, difundidas a través de medios de comunicación, algo que que no constituye verdaderos indicios.
El denunciante alegó que el Gobierno de Nicolás Maduro efectuó un pago de 272.325 dólares a Pablo Iglesias a través de un banco situado en un paraíso fiscal, en marzo de 2014, dos meses después de la fundación de Podemos. También argumentó que la orden de las autoridades venezolanas se camufló como un pago de “asesorías para el desarrollo social en el país”.
El alto tribunal, sin embargo, no vio apariencia delictiva en los hechos denunciados: “El pago por asesoramientos al Gobierno de Venezuela no constituye el delito de financiación ilegal que por primera vez se tipificó en la reforma de 2015, ni tampoco blanqueo de capitales o fiscal”.
Cinco meses después, en diciembre 2016, de nuevo la Justicia archivó la octava querella contra la juez y actual Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género de Podemos Victoria Rosell por delitos de prevaricación, cohecho y retraso malicioso de un proceso penal.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) no vio indicios de delito, como denunció el exministro dimitido del PP por su implicación en los Papeles de Panamá José Manuel Soria, quien interpuso la querella contra Rosell. El asunto que dio origen a esa querella se remontó a la campaña de las elecciones generales de diciembre de 2015, a las que Rosell se presentó como candidata de Podemos al Congreso por Las Palmas.
En los primeros días de campaña, la Fiscalía de Las Palmas hizo público que había abierto una investigación a Rosell tras recibir en un sobre anónimo la copia de un contrato que reflejaba la compra por parte de la UD Las Palmas al periodista Carlos Sosa, pareja de la juez, los derechos de una licencia de radio FM por 300.000 euros. La Fiscalía quería saber si Rosll incumplió su deber de abstenerse de instruir una causa penal por fraude a Hacienda y a la Seguridad Social abierta contra el presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, a sabiendas de que este hacía negocios con su pareja.
El Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid archivó en marzo de 2017 la querella que presentó Vox contra Pablo Iglesias casi un año antes por blanqueo de capitales, delitos electorales y delitos que comprometen la paz e independencia del Estado. Los de Abascal dijeron que Iglesias cobró de Venezuela a través de un paraíso fiscal.
La juez Teresa Abad alegó que Vox denunció a Iglesias haciendo uso de informaciones periodísticas que se “limitan a narrar unos hechos” que la ultraderecha considera constitutivos de delito. Pero enfatizó que estos artículos no aportaban ningún elemento que sustentara las afirmaciones realizadas y por ello se sobreseyeron las actuaciones.
En marzo de 2017 se resolvió la décima querella. La puso la expresidenta de Unión del Pueblo Navarro Yolanda Barcina contra Pablo Iglesias por intromisión ilegítima en el derecho al honor después de que el líder de Podemos acusara, en distintos foros, a UPN y al Ejecutivo de Barcina de corrupción. Pero el Juzgado de Primera Instancia 7 de Pamplona desestimó la causa y condenó a los demandantes a pagar las cuotas judiciales.