Para hacer de policía hay que ser policía
A menudo me preguntan, en diferentes foros, lo que hace falta para trabajar con los policías tecnológicos. Si pueden hacerlo desde casa y a qué sueldo tendrían derecho. Solo hay una respuesta posible: primero tienes que ser policía. Aprobar la oposición y, después, trabajar duro —y tener un poco de suerte— para conseguir ser destinado a la especialidad. Una especialidad que tiene pocas prebendas, aunque un gran reconocimiento social.
Aunque pueda ser de Perogrullo —para trabajar con la policía hay que ser policía—, muchos me señalan, quizá influidos por películas y series estadounidenses, que desde casa uno puede rastrear IP, buscar páginas ilegales o adivinar, con técnicas de hacking, la identidad de un posible delincuente. Esta ignorancia es lógica en quien no conoce el trabajo que se efectúa y que se basa en una sola premisa: hay que detener al delincuente conforme a la ley. Si bien es cierto que cualquier particular puede arrestar a un ciudadano en determinadas circunstancias —delincuente in fraganti o fugado de la justicia—, solo la autoridad o sus agentes pueden hacerlo en el resto de los casos, que son la práctica totalidad en la delincuencia tecnológica. Además, en la mayor parte de los casos se realizan entradas y registros. Quien está en ellos, que debe ser de nuevo un policía o personal judicial, ha de entender del caso para saber lo que está buscando. Los funcionarios policiales ni siquiera hacen la parte del trabajo que incluye ordenadores desde sus domicilios, sino desde las comisarías y brigadas. No hay que olvidar que el trabajo policial incluye vigilancias, seguimientos, entrevistas, solicitudes de datos a diferentes organismos... Vamos, que cualquier miembro de la Brigada de Investigación Tecnológica o de sus homólogos en cada una de las provincias españolas ve bastante calle, pasando frío, calor y a veces hasta corriendo.
Hay organismos —INCIBE o diferentes universidades— que trabajan con nosotros, pero no buscando delincuentes, puesto que nada podrían hacer, sino diseñando y entregándonos las herramientas que nos pueden ayudar a encontrarlos. Esa sí es una forma válida de cooperación y cada día más necesaria, aunque la labor que realizan no es policial, sino técnica, llegando allí donde nosotros, por formación y tiempo, no podemos.
Hay buenas razones para que esto sea así. La primera es que todo aquel que sea testigo de un delito debe figurar con su nombre y apellidos y el lugar desde el que ha actuado, para evitar la indefensión del arrestado. Es lógico y es uno de los pilares del sistema de justicia de cualquier democracia. ¿Si alguien nos acusara de un delito, nos gustaría saber quién? Porque, si es mentira, podríamos luego proceder contra él. Las «denuncias anónimas» son muy peligrosas y no tienen validez alguna por sí mismas.
Una vez aclarado eso, ¿nos gustaría que el denunciado supiera quiénes somos y dónde vivimos? Igual no es muy buena idea. Los policías solo se identifican con su número de carné profesional y la dirección donde trabajan. Esto se hizo así hace muchos años para proteger su identidad ante terroristas o delincuentes organizados, porque a veces se juegan la vida solo por hacer su trabajo.
Hay más motivos. Durante su formación, los funcionarios de la Policía Nacional estudian una amplia cantidad de materias —hablaremos de ello en otra futura entrada de este blog— como, entre otras, Derecho Penal, Procesal, Administrativo, Técnicas de Policía Judicial, Policía Científica, Seguridad Ciudadana y Psicología. A eso hay que sumarle la formación que reciben en las plantillas —la experiencia y su transmisión a las nuevas generaciones es uno de los más fuertes valores del Cuerpo— y cursos complementarios. Son, en muchas ocasiones, verdaderos expertos multidisciplinares, algo que se desconoce desde la comodidad del sillón frente al ordenador doméstico. Porque no todo vale para averiguar la identidad de un delincuente. La policía jamás va a realizar un acceso ilegal a un dispositivo electrónico. Para eso dispone de solicitudes legítimas a los proveedores de servicios o, si emplea técnicas más sofisticadas, se hará con autorización y supervisión judicial. Spoiler: en el 95% de los casos no hace falta.
Las colaboraciones que nos ofrecen no suelen ser tan desinteresadas como afirman. Es una estrategia habitual entre consumidores de pornografía infantil —es un delito en que está penada su mera consulta intencionada— ofrecerse para buscar y denunciar. Les advertimos siempre de que no tienen cobertura legal alguna; ni siquiera nosotros la tendríamos si actuáramos desde nuestro domicilio y fuera de las horas laborales. En ocasiones, al aparecer en investigaciones, hemos acabado practicando entradas y registros en las viviendas de esos confidentes y hemos encontrado que su actividad iba mucho más allá de lo que decían hacer. Se dedicaban al intercambio activo y guardaban grandes colecciones. Incluso aunque no fuera así —algún caso ha habido—, las explicaciones ante el juez son, como poco, complicadas. Por supuesto, todo el que encuentre ese material por accidente, puede —y debe— enviarlo a la policía, aunque nunca hay que compartirlo —resulta obvio— a través de redes sociales. No solo la respuesta policial va a ser la misma que ante un solo correo, es que podemos estar cometiendo un delito.
Por todo esto el trabajo policial debe ser realizado por policías. Punto.