Se acabaron los avisos: esta es la nueva multa por moverte por Madrid con un coche sin etiqueta
Ya está operativa desde este lunes.
Se acabó el tiempo ‘disuasorio’. A partir de este lunes el Ayuntamiento de Madrid ha comenzado a multar a los turismos con categoría medioambiental A (los que no tienen etiqueta de la DGT) que accedan a las zonas de circulación restringida. Una de las medidas que se incluyen en la ordenanza de movilidad de Almeida que sustituye a Madrid Central.
Estos puntos en cuestión son, según el consistorio, son todas las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. Desde este 2 de mayo la multa por circular por zona ‘prohibida’ es de 200 euros (100 si se paga la ‘receta’ en los 20 días naturales siguientes a su notificación), sin pérdida de puntos para el conductor.
Los vehículos afectados son los diésel matriculados antes del año 2006 y los gasolina matriculados antes del año 2000 que no estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y no figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid
En los últimos meses, el aviso se limitaba a una carta disuasoria para evitar el uso de estos vehículos. Desde el 1 de enero se han remitido 56.653 de estas notificaciones.
A partir de 2023 las restricciones irán a más. En el comienzo del próximo año, los vehículos A no podrán circular ya ni siquiera por la propia M-30. Y desde el 1 de enero de 2024 tendrán prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
No todos los vehículos con categoría A lo tienen prohibido, en cambio. El Ayuntamiento establece exenciones para aquellos destinados a la distribución urbana de mercancías están exentos de las restricciones y los que trasladen a personas poseedoras de tarjeta de movilidad reducida, que podrán circular siempre que previamente lo soliciten.