México despenaliza el aborto
Su Suprema Corte anula las penas de cárcel en una decisión histórica que sienta un precedente en el país
Paso histórico en México. La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional penalizar la interrupción del embarazo en su etapa inicial. La medida protege tanto a las mujeres como a los sanitarios que las atiendan, aunque el texto no precisa un plazo determinado.
Los ministros del Alto Tribunal invalidaron el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, al norte del país, que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.
La medida, por ahora, solo afecta al estado de Coahuila, pero su relevancia va más allá, ya que es la primera vez que el Supremo de México “pone al centro de la discusión el derecho a decidir”, explica el ministro Luis María Aguilar. Sienta, además, un precedente obligatorio para todos los tribunales del país, que deberán fallar a favor de las mujeres de otros estados.
Solo en cuatro estados, hasta ahora
“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, ha argumentado el proyecto del ministro Aguilar.
“Pensar que penalizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo es una solución atenta contra el principio de mínima intervención penal”, coincidió la ministra Yasmín Esquivel en la primera sesión.
En México, el aborto es una competencia territorial y sólo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.