La Justicia reconoce por primera vez la covid como enfermedad profesional a un trabajador sanitario
La sentencia falla a favor de un auxiliar administrativo perteneciente al sector de la sanidad y abre la puerta a otras reclamaciones.
La Justicia ha reconocido por primera vez en España la enfermedad profesional a una persona que trabaja en el sector sanitario y que se contagió del coronavirus. Lo ha hecho el Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo) tras una denuncia interpuesta por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF).
En concreto, la sentencia afecta a un auxiliar administrativo que, pese a sufrir en dos ocasiones una incapacidad temporal por síndrome respiratorio agudo derivado del coronavirus y, posteriormente, disnea y alteraciones respiratorias, tanto la seguridad social como la mutua colaboradora Solimat le denegaron el reconocimiento de la enfermedad profesional.
“Estamos ante la primera sentencia que reconoce la covid como una enfermedad profesional, lo que da la razón al CSIF ya que hemos defendido desde el principio de la pandemia que el contagio del coronavirus debe ser reconocido como enfermedad profesional para todos los que prestan servicios en centros sanitarios”, ha dicho la secretaria nacional de Prevención de Riesgos Laborales de la organización, Encarna Abascal.
La sentencia señala que está acreditado que esta persona sufrió un primer proceso de incapacidad temporal con diagnóstico de síndrome respiratorio agudo severo asociado al coronavirus y, por tanto, que sufrió una enfermedad recogida en el listado de enfermedades profesionales.
Riesgo de exposición
Además, el tribunal también ha considerado probado que estuvo expuesto a un riesgo de exposición al coronavirus en su profesión. “Esta sentencia es un primer paso y esperamos conseguir muchas sentencias más ya que tenemos centenas de reclamaciones en vías de efectuarse y sabemos que muchos profesionales quieren reclamarlo”, ha aseverado Abascal.
Respecto a la segunda incapacidad temporal con el diagnóstico de disnea y alteraciones respiratorias, el juez entiende que no existen dudas de que son consecuencias derivadas del contagio por Covid-19 y que, en consecuencia, debe ser considerada igualmente enfermedad profesional.