Estos son los cambios que habrá en las hipotecas con la nueva ley aprobada
Menos comisiones y freno a las cláusulas abusivas son algunas de las claves.
Ha estado a punto de no conseguirlo, pero finalmente el Gobierno ha conseguido que el Congreso de los Diputados dé luz verde a la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, la nueva normativa que ajusta la legislación española a la europea en lo que se refiere al mercado hipotecario. Así, el adelanto electoral no ha hecho decaer, por poco, una ley que lleva más de dos años de retraso a la hora de trasponer la directiva europea.
La nueva normativa entrará en vigor a finales de mayo y no se aplica a los créditos vigentes. El visto bueno de la cámara baja borra la posibilidad de multas de 100.000 euros diarios con los que amenazaba Bruselas por el retraso en la trasposición de la directiva europea.
Estos son los cambios más destacables
Más protección en la concesión
Con la nueva legislación, la banca tendrá que estudiar la solvencia del hipotecado con más profundidad antes de concederle un préstamo. En caso de concedérselo, no se podrán incluir cláusulas suelo ni cláusulas abusivas. Además, el contrato se podrá recoger una dación en pago voluntaria si así lo deciden las partes.
Por otro lado, los bancos tendrán que dar a los clientes 10 días para analizar la información precontractual antes de la firma, así como ofrecerles una ficha estandarizada para que el cliente pueda comparar las condiciones hipotecarias que le ofrece cada entidad.
Como medida de protección, se obligará a los interesados a realizar una visita obligatoria al notario antes de la firma del contrato para aclarar todas las dudas.
Sí, habrá reparto de gastos
Los bancos tendrán que pagar el impuesto de actos jurídicos documentados, el que tanta polémica trajo por la sentencia del Supremo, si se trata de la primera vivienda; las primeras copias del notario; los gastos de registro; y la gestoría.
El cliente abonará segundas copias del notario y los gastos de tasación. En todo caso, este apartado resta de un reglamento propio a aprobar antes de finales de mayo.
Desahucios
El baremo para desahucios y ejecuciones se amplía a 12 cuotas impagadas y el 3% del capital en la primera mitad de la vida del préstamo; y de 15 cuotas y el 7% en la segunda mitad. Una modificación del Senado que sí que se mantiene es la que afecta al carácter retroactivo de la ley en lo que respecta a aquellas hipotecas con cláusulas de vencimiento anticipado, donde se regulan las condiciones de ejecución del crédito (paso previo a un desahucio).
La ley finalmente establece que los consumidores con hipotecas que contengan estas cláusulas deberán decidir qué régimen le resulta más favorable y, por tanto, si se acoge a la nueva ley hipotecaria o al vigente en la firma del contrato.
Cambio de banco y demoras
A partir de la nueva ley va a ser más fácil cambiar de banco, así como amortizar la hipoteca de forma anticipada y se facilitará el paso a tipos fijos. El cliente podrá subrogar sin costes y libremente su hipoteca -llevarla a otro banco- y entre las entidades se establecerá un mecanismo de compensación basado en los intereses cobrados y los pendientes de cobro para evitar el robo de clientes.
La comisión por interés de demora ha quedado en el interés remuneratorio más el 2%, frente al triple del interés legal del dinero que dictaba el proyecto de ley del PP.
Productos vinculados
A partir de ahora se limita la vinculación de productos: la vinculación obligatoria queda prohibida, si bien la entidad podrá ofrecer productos combinados que reduzcan el interés a cambio de contratar ciertos servicios.
La banca podrá vender seguros ligados a la hipoteca, aunque deberá aceptar pólizas alternativas sin empeorar por ello las condiciones del préstamo y el cliente podrá renovarlas cada año.
La nueva ley también supone la creación de un organismo para resolver quejas y reclamaciones por los préstamos hipotecarios.