Estado de derecho
Para que lo entiendan las hinchadas: el Tribunal Europeo no se manifiesta ni sobre el juicio “del procés”, ni sobre la prisión preventiva.
Últimamente, de acuerdo con el espíritu de los tiempos, celebramos las resoluciones judiciales cantando gol, o por el contrario denunciando que se han producido en fuera de juego. No es algo circunscrito a nuestro territorio nacional, sino que lo hacemos también con aquellas que provienen de instancias supranacionales. El último ejemplo ha sido con respecto a la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, de la cuestión prejudicial que le planteó el Tribunal Supremo español. El alto tribunal europeo ha resuelto que se adquiere la condición de diputado del Parlamento Europeo, con la mera elección en la circunscripción que corresponda, sin necesidad de solventar ningún requisito adicional posterior, y con ello ha modificado lo que venía siendo la doctrina hasta este momento. Ello tiene implicaciones, obviamente, en lo que corresponde a aquellos candidatos independentistas catalanes que se encuentran fugados de la justicia española y debió tenerla, en el momento en el que se encontraba en prisión preventiva, para Oriol Junqueras. Y ello, consecuentemente, conlleva que están/estaba, protegidos por la inmunidad inmanente a la condición de diputado europeo.
Ante el fallo, el independentismo catalán, cuasi divorciado del europeísmo tras una serie constante de reveses, ha procedido a cantar gol y ahora abrazar el europeísmo con todo el fervor de sus almas. Por contra, el nacionalismo español se ha rasgado las vestiduras, ha considerado el fallo una “humillación” a España y hasta ha amagado con imitar al Reino Unido y defender la salida de la Unión Europea; “Spanexit”, lo llaman, un horroroso concepto y en una lengua extranjera, en clara contradicción de su pretendido españolismo militante. Hace falta ser un mendrugo o un loco para plantear si quiera que a España le pudiera ir mejor fuera de la Unión Europea, pero todavía es más insulto a la razón afirmar que a nuestro país le ha ido mal durante sus años de pertenencia. Millones de datos lo contradicen, en esta columna quincenal trato de ir explicando algunos y así seguiré haciéndolo.
Pero volviendo al fallo de Luxemburgo, éste, lo que simplemente implica, es que la justicia española deberá solicitar al Parlamento Europeo el levantamiento de la inmunidad de los diputados a los que pretenda acusar -como ocurre allí en decenas de casos en cada mandato y como ocurre en España con los suplicatorios-; y al Parlamento decidir si se da alguna circunstancia que lo desaconsejara. Esto se puede dar, prácticamente de forma única, en el caso de que el Parlamento apreciara “fumus persecutionis”, esto es, que se apreciara algún tipo de persecución política en el país solicitante en relación con la actividad que el afectado realiza como diputado europeo. Y punto. Sobre la opinión que me mereciera el caso, de producirse, me debo reservar dada mi condición de vicepresidente del Comité de Asuntos Jurídicos, que tiene la competencia para proponer al Parlamento la resolución en estos casos.
Para que lo entiendan las hinchadas, el Tribunal Europeo no se manifiesta ni sobre el juicio “del procés”, ni sobre la prisión preventiva, o ni siquiera sobre la competencia nacional para organizar las elecciones europeas en su territorio y establecer las condiciones en las que se puede ser candidato o candidata. Y tiene incidencia general para toda la Unión, España no es el único país miembro que establecía cláusulas adicionales a la misma elección vía sufragio.
Aparte de otras consideraciones de contenido material, en mi opinión esta resolución es una constatación de la salud de nuestro Estado de Derecho. El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europa forma parte de nuestro sistema de garantías, y es así porque voluntariamente los españoles lo hemos decidido, con nuestra propia pertenencia a la Unión. Ítem más, ha sido el propio Tribunal Supremo de España el que ha elevado esta consulta de manera voluntaria, prevenido del carácter vinculante que tenía esta resolución. Si, frente a tanta propaganda, defendemos que España es una democracia de altísima calidad, es entre otras cosas por nuestro sistema interno de derechos y garantías, y por nuestra sujeción, vía tratados internacionales, a ámbitos judiciales supranacionales.
Deberíamos sentir orgullo de que esto sea así y de que ningún ejecutivo, nacional o autonómico, pueda subvertir esta circunstancia. La independencia judicial, el Estado de derecho, es el presupuesto para una vida en libertad y para la paz social. Esclavos de la ley para ser libres, que decía Cicerón. Y eso no excluye que nos tenga que gustar necesariamente cada resolución de un tribunal, o que incluso sea susceptible de crítica -el propio Supremo debería aprovechar para reflexionar sobre el acierto con el que está llevando esta causa en el escenario europeo-.
Pero, aunque en este caso nos guste o no la resolución, alegrémonos de que el sistema funcione y muestre su independencia. Quién sabe, quizá algún día nos toque dar personalmente gracias por ello...