El Supremo ordena demoler la urbanización de lujo Isla de Valdecañas en Cáceres
Desaparecerán así el hotel, las viviendas, el campo de golf y las instalaciones que actualmente están construidas y en funcionamiento.
La Sala III del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación presentado por Ecologistas en Acción y ha acordado la demolición del hotel, las viviendas y el campo de golf de la urbanización Marina Isla de Valdecañas, construida en una zona protegida de la provincia de Cáceres.
El Supremo ha revocado de este modo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) en la que se que declaró la imposibilidad material de demoler los edificios ya construidos de la urbanización Marina Isla de Valdecañas.
Según ha informado el tribunal, el Supremo ha estimado el recurso de casación de Ecologistas en Acción-CODA contra el auto que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en ejecución de las sentencias que declararon nulo el Decreto 55/2007 de la Junta extremeña por el que se aprobaba definitivamente el Proyecto de Interés Regional promovido por Marina Isla de Valdecañas S.A.
Este auto, de 2020, acordaba la conservación del hotel, viviendas, campo de golf e instalaciones que actualmente están construidas y en funcionamiento.
El Supremo anula este extremo y acuerda que deberán ser demolidas como el resto de las obras e instalaciones cuya demolición determinaba el propio auto de ejecución. El contenido íntegro de la sentencia se conocerá en los próximos días. Será entonces cuando se pronuncie la Junta de Extremadura.
14 años de lucha
Ecologistas en Acción ha celebrado la sentencia “porque aborta un peligroso precedente como es el uso de argucias para no ejecutar sentencias de demolición de obras nítidamente contrarias a la legislación urbanística y ambiental”.
En una nota, el colectivo ha recordado que hace ya 14 años que inició un proceso administrativo y judicial en contra de una urbanización que se diseñó en plena zona Red Natura 2000, un espacio teóricamente protegido y no urbanizable.
A su juicio, resulta difícil encontrar un caso tan “rotundo de vulneración” de la legislación ambiental y urbanística, europea, estatal y autonómica como este.
En este sentido, ha destacado que existen varias sentencias en contra del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), del Supremo y del Constitucional, con informes del CSIC que avalaban la necesidad de demoler esta urbanización ilegal.
“Por eso, resultó tan sorprendente el auto del TSJEx de 30 de junio de 2020 en el que se declaraba la imposibilidad material de demoler los edificios ya terminados, limitándose a eliminar los que estaban a medio construir, en contra de los propios estudios científicos que se habían realizado en el proceso”, ha apuntado Ecologistas.