El juez compara el asedio a la Conselleria de Economía con una toma de rehenes
El auto de procesamiento del magistrado del Supremo Pablo Llarena.
El juez del Supremo Pablo Llarena afirma que el asedio a la Consejería catalana de Economía del 20 de septiembre no fue "exclusivamente intimidatorio" sino que allí se limitó la capacidad de actuación "como consecuencia del uso de la fuerza, tal y como ocurriría en un supuesto de toma de rehenes mediante disparos al aire".
Lo manifiesta el magistrado en el auto de procesamiento de 25 personas, en el que sostiene que los acontecimientos ocurridos ese día "determinaron el efecto inherente a la violencia", aunque ésta no estuviera planeada desde un inicio, y explica que "la muchedumbre actuó como una masa de fuerza".
Los hechos ocurridos durante el asedio, al que, según el juez, acudieron 60.000 personas, reflejaron que "existía un riesgo de que las movilizaciones futuras desembocaran en una violencia instrumentalizada para lograr la independencia".
No solo se ciñe Llarena a ese 20 de septiembre, sino que también considera que hubo actos violentos durante el 1-O, cuando se instó a los ciudadanos a que defendieran el recuento de votos y a que hiciesen frente al despliegue policial destinado a impedir la votación.
"Minuciosa ideación de la estrategia"
Con esta actuación los representantes políticos que alentaron a la ciudadanía no solo aceptaron "el riesgo de una violencia claramente representable", sino que impulsaron "a una masa ciudadana a que desborde por la fuerza cualquier intención de contención que pueda provenir del Estado, tal y como finalmente sucedió el día de la votación".
Y lo hicieron "tras años impulsando el deseo colectivo por la independencia" y después de haber convocado "movilizaciones masivas" y convencido "a los seguidores de que ostentaban una legitimidad para una independencia que sabían constitucionalmente imposible".
"Es evidente que la minuciosa ideación de la estrategia con la que pretendía imponerse la independencia en el territorio, permite considerar que los principales responsables de estos hechos siempre hubieron de representarse que el proceso terminaría recurriendo a la utilización instrumental de la fuerza", añade Llarena.
En su auto, de 70 páginas, el juez explica por qué, a su juicio, existió violencia durante estos días para sostener así el procesamiento por rebelión de 13 de los 25 encausados, en tanto que este delito solo puede atribuirse si ha existido violencia.
Además, sostiene el juez que en el caso de que lo recogido en la instrucción no aportase "la férrea justificación" de esa intencionalidad violenta, el relato de hechos demuestra que quienes siguieron participando en actos desarrollados después del asedio, sabían "que el fanatismo violento de muchos de sus seguidores había de desatarse".
"Determinación criminal"
"Y la persistencia en su determinación criminal con ese conocimiento es muestra de su voluntad de incorporar la utilización de la fuerza al mecanismo para conseguir una secesión a la que no quería renunciarse", apostilla el juez.
Llarena cree que "se decidió utilizar el poderío de la masa" para que "el Estado de Derecho se rindiera a la determinación violenta de una parte de la población que amenazaba con expandirse".
Así, añade, el delito de rebelión "es plenamente exigible a quienes, conociendo el ineludible estallido social que resultaba ya inherente a los hechos, lo incorporaron a su actuación criminal".
Entre los procesados por rebelión se encuentran el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, el exvicepresident Oriol Junqueras, el candidato a la Presidencia, Jordi Turull, y la secretaria de ERC, Marta Rovira, que ha decidido no acudir a la citación de Llarena.