El fiscal pide 96 años para el violador del ascensor por cuatro agresiones en 2017
Tras ser puesto en libertad en 2013 por la derogación de la doctrina Parot.
La Fiscalía pide 96 años de cárcel para Pedro Luis Gallego, el violador del ascensor, por la violación de dos mujeres y otros dos intentos frustrados en Madrid en 2017 tras ser puesto en libertad en 2013 por la derogación de la doctrina Parot.
Según ha dado a conocer la Fiscalía, la Audiencia de Madrid juzgará desde el 3 de octubre al violador del ascensor, quien ya fue condenado en su momento a 273 años de cárcel por el asesinato de Leticia Lebrato, de 17 años, en Valladolid, y de Marta Obregón, de 19, en Burgos, y por dieciocho agresiones sexuales.
Fue puesto en libertad en 2013 gracias a la derogación de la doctrina Parot, por la que habría tenido que estar en la cárcel hasta 2022.
Su detención en 2017 se sumó a los arrestos de otros tres violadores que también habían sido excarcelados a finales de 2013 tras la derogación de la doctrina Parot.
Ahora a Pedro Luis Gallego, que permanece en prisión, la Fiscalía le imputa dos agresiones sexuales en Madrid, los días 19 de febrero y 14 de abril de 2017, y haber tratado de hacer lo mismo sin éxito con otras dos mujeres el 16 de diciembre de 2016 y el 2 de abril de 2017.
Según el escrito del fiscal, el 16 de diciembre de 2016 sobre las 23:35 horas abordó en la zona norte de la capital a una menor de 17 años a la que encañonó con una pistola y trató de llevar hasta su coche a la fuerza, quitándole la cartera y teléfono móvil, pero no pudo llevársela gracias a que algunos vecinos la ayudaron.
El 19 de febrero de 2017 el procesado abordó a otra mujer en la zona norte de Madrid, en las cercanías del hospital La Paz, también con una pistola, y logró meterla en su coche con la cabeza tapada y las manos atadas para llevarla a su casa de Segovia, donde la agredió sexualmente en al menos cinco ocasiones.
Al día siguiente dejó en una calle de Madrid a la mujer, a la que también había robado y quien sufrió secuelas físicas y psicológicas, según el relato de la Fiscalía.
El tercer hecho delictivo por el que Gallego se sentará de nuevo en el banquillo ocurrió sobre lasa 1:40 horas del 2 de abril de 2017, cuando abordó en plena calle a otra joven a la que exigió a la fuerza que se introdujera en el coche, golpeándola con una pistola en la cabeza. Pero la joven pudo huir.
La cuarta agresión tuvo lugar sobre las 22:45 horas del 14 de abril de 2017, cuando el procesado abordó a otra mujer a la que, tras colocarle una pistola en la cabeza, introdujo a empujones en su coche, maniató y tapó los ojos para llevarla a una gasolinera de la localidad de Las Rozas, donde abusó de ella.
Luego continuó hasta Segovia, donde la agredió sexualmente varias veces hasta que al amanecer la devolvió a la capital, con lesiones. La mujer tuvo secuelas piscológicas, concluye la Fiscalía.
La Policía Nacional detuvo a Pedro Luis Gallego el 14 junio de 2017, tras seis meses de búsqueda que comenzó tras la agresión de diciembre, y conforme se interpusieron más denuncias se percataron de que se trataba de un violador en serie que actuaba de forma similar en las inmediaciones del hospital La Paz, explicaron entonces fuentes de la investigación.
Finalmente le localizaron y comprobaron que se trataba del violador del ascensor, que vivía en Segovia con una pareja que desconocía sus delitos. Vivía sin trabajo conocido, con el dinero que le daba su familia y de forma aparentemente normal.
El entonces jefe superior de Policía de Madrid, Alfonso José Fernández, explicó en rueda de prensa que ese “monstruo” reaccionó “como un detenido normal, sin hablar, encerrado en sí mismo”, y aclaró que se trataba de una persona que ya había cumplido su pena por otros delitos similares y “sobre la que no cabía aplicar ninguna medida extraordinaria”, como vigilancias.
El portavoz del Ejecutivo, Íñigo Méndez de Vigo, planteó en ese momento que la “alarma social” causada por este caso debería “hacer reflexionar” a aquellos partidos políticos que se oponen a la prisión permanente revisable instaurada en el Código Penal de 2015.