El dueño de la finca donde murió Julen no tendrá que seguir pagando a sus padres
El juzgado ha acordado el archivo provisional de la ejecutoria del fallo, ya que se ha acreditado su insolvencia. Ya en varias ocasiones había dejado de abonar los 50 euros al mes.
El dueño de la finca donde murió Julen, el niño de 2 años que cayó a un pozo en Totalán (Málaga), no tendrá que seguir pagando la indemnización a los padres al acordar el juzgado que lo condenó el archivo provisional de la ejecutoria de la sentencia al haberse acreditado su insolvencia.
David Serrano fue condenado en enero de 2020 por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga a un año de prisión y a indemnizar a los progenitores con 180.000 euros tras un acuerdo de conformidad y el magistrado acordó la suspensión de la pena de prisión con el requisito de no delinquir en dos años e ir pagando lo establecido.
El juez en varias ocasiones durante estos años ha tenido que advertirle de que, si se producían nuevos incumplimientos en el pago de la indemnización a los padres, revocará la suspensión de prisión, y solo tenía que abonar mensualmente 50 euros a los padres hasta que su situación mejorara.
Fuentes judiciales han indicado a EFE que el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha acordado una diligencia de ordenación acordando el archivo provisional de la ejecutoria de la sentencia, que se ha decidido con el visto bueno del fiscal del caso.
El Juzgado de lo Penal ha acordado también la declaración de insolvencia del hombre condenado al haberse acreditado que carecía de bienes económicos o inmuebles para hacer frente al pago de la responsabilidad civil derivada de su condena por la muerte accidental.
La declaración contó también con el respaldo del ministerio fiscal después de que se constatara que, además de carecer de otros bienes, la finca donde se produjo el accidente mortal no se encuentra registrada y, por lo tanto, no se puede vender con las garantías legales exigibles.
Hasta el momento, el condenado había ido haciendo frente al pago mensual de la indemnización derivada de la sentencia de conformidad que dictó el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga y ya había superado igualmente el periodo de suspensión de condena decretado sin cometer ningún delito.
Debido a dichos retrasos en los pagos, el juez llegó a abrir el trámite de revocación del beneficio hasta en dos ocasiones aunque al final no se revocó.
El juez destacó en su día que la responsabilidad civil no prescribía y que quedaba pendiente.
Los hechos
El 13 de enero del 2018 el acusado acudió en compañía de su pareja y su hija menor así como los padres de Julen y su pequeño a la parcela con la intención de hacer un arroz y pasar el día en el campo.
Julen se bajó de la silla donde estaba sentado, se metió en una zanja de poca profundidad y echó a correr y, aunque su padre salió tras él para evitar que no se hiciera daño, el pequeño se coló por la boca del pozo.
El fiscal y la acusación particular siempre mantuvieron que el acusado era el único conocedor de la presencia de la prospección y que los padres de Julen y la pareja del acusado desconocían que estaban preparando la comida a diecisiete metros de distancia de un pozo sin tapar.
El pequeño fue rescatado sin vida el 26 de enero a las 3:29 horas de la madrugada y la causa de su muerte fue por la caída al pozo en la que sufrió traumatismo craneoencefálico y raquimedular.