Desconcierto y cautela entre los juristas por la fórmula del consentimiento expreso
Expertos en Derecho Penal dicen que las declaraciones de Calvo son muy "vagas" y esperan a la letra de la ley.
"Si una mujer no dice 'sí' expresamente, todo lo demás es 'no', y ahí es donde está preservada su autonomía, su libertad, el respeto a su persona y a su sexualidad". Así formuló ayer la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, la intención de cambiar el Código Penal y la ley de Enjuiciamiento Criminal para que sea considerado agresión sexual todo lo que no conlleve consentimiento expreso.
La vicepresidenta hizo este anuncio en la Comisión de Igualdad del Congreso, pero luego no concretó la fórmula del consentimiento que recogerá la ley, los cambios de tipificación penal que pretende plasmar el Ejecutivo y sus consecuencias en las penas.
Esta falta de concreción ha llevado al desconcierto a los juristas, que están a la espera y opinan de manera cautelosa sobre los pasos del Ejecutivo en esta materia después del amplio rechazo social a la sentencia de La Manada -que consideró abuso sexual y no violación-.
Además del debate social, ahora también hay un profundo debate jurídico sobre esta cuestión y la interpretación de las leyes, según explican expertos de Derecho Penal a El HuffPost. La profesora de Derecho Penal de la Universidad de Granada Patricia Esquinas reconoce que están ahora a la "expectativa" de saber la letra concreta del cambio en la ley por parte del gobierno.
Por lo poco que ha dicho Calvo, Esquinas entiende que la reforma podría ir en el sentido de que solo hubiera un tipo penal, quedando solo la agresión sexual y eliminándose la figura del abuso sexual. Apunta a la posibilidad de que el Gobierno deje un solo tipo y luego incluya distintos agravantes. La profesora dice que no es lo mismo que se apunte con una pistola a que la víctima vaya ebria y que el juez tiene que tener un margen para interpretar lo sucedido.
El modelo sueco no van tan lejos
La catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Valladolid Mercedes Alonso cree además que las declaraciones de Calvo están "poco meditadas" y manifiesta que que haya siempre consentimiento expreso parece casi imposible, "se extendería mucho del delito de violación".
Asimismo, recuerda que la ley sueca que invocó Calvo "no va tan lejos", como apuntó la vicepresidenta. En su opinión, es muy difícil delimitar tanto las conductas para que los jueces tengan un marco preciso. Siempre opina con la cautela de que fueron unas "declaraciones muy vagas".
"Es opinar sobre una noticia", añade la profesora de Derecho Penal de la Universidad de Jaén y experta en género Pilar Fernández Pantoja. "Se puede reformar, siempre y cuando se respeten los principios básicos del Derecho Penal", a lo que agrega: "No podemos caer en el error de siempre de que yendo al Código Penal vamos a responder a una serie de problemas a los que hay que hacer frente de otra manera, como la educación".
Esta profesora, que se califica de "feminista", dice que no acaba de ver "fabricar un concepto de agresión sexual diferente" y también entiende que hay que tener en cuenta la "seguridad jurídica". "Las leyes están bien, otra cosa es cómo se están aplicando", advierte.
Por ejemplo, explica, está en desacuerdo con que no se calificara como agresión lo sucedido con la Manada. "Más que reformar las leyes, es la aplicación de las mismas", insiste: "hay que verlo en la formación de jueces y fiscales". "Es la clave, por mucho que modifiquemos las normas, si se siguen aplicando como hasta ahora no resolvemos nada", incide esta profesora de la Universidad de Jaén.
¿Y si no se verbaliza?
Jacobo Dopico, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III, indica que "parece evidente y razonable que cualquier regulación tiene que recoger la criminalización del contacto sexual no consentido, como ya hace el Código Penal". "Numerosos académicos y académicas ya han manifestado que esto parece poco tener que ver con la exigencia de una formalización del consentimiento en sentido expreso. Los consentimientos claros y evidentes, pero formulados de manera tácita, por ejemplo mantener relaciones sexuales a raíz de una aproximación sexual iniciada por la propia mujer, no pueden ser criminalizados". "Incluso, porque afecta a la esfera de la propia mujer", agrega.
"Parece razonable entender que el consentimiento sea inequívoco pero pueda ser manifestado en cualquiera de los modos, sino incluso se estaría impidiendo a la propia mujer el mantenimiento de relaciones sexuales en las que su consentimiento no hubiera sido manifestado en los términos de un sí expreso", concluye.