Condenada la exjefa de ETA 'Anboto' a 425 años de cárcel por el atentado del estadio de Vitoria en 1985
El Tribunal Supremo había ordenado repetir el juicio al apreciar un "grave error" en la valoración de una prueba.
La Audiencia Nacional ha condenado a 425 años de cárcel a la exjefa de ETA Soledad Iparraguirre, Anboto, por un atentado frustrado con coche bomba junto al estadio Mendizorroza, de Vitoria, en mayo de 1985, tras ordenar el Tribunal Supremo repetir el juicio al apreciar un “grave error” en la valoración de una prueba.
Anboto, que acumula ya numerosas condenas por diferentes atentados, fue absuelta por estos hechos en marzo del año pasado en una sentencia que contó con un voto particular discrepante de un magistrado y que acabó siendo anulada por el Supremo, que ordenó repetir el juicio por un tribunal formado por magistrados diferentes.
La razón fue que, según constató el Supremo, el tribunal que juzgó a Anboto por primera vez omitió “con una argumentación no racional” la valoración de una prueba dactiloscópica que “para el fiscal, con fundamento objetivo, tenía un alto valor”.
De ese modo, la exdirigente de la banda terrorista, que puso la voz junto a Josu Urrutikoetxea, Josu Ternera, del comunicado que anunció la disolución de ETA en 2018, volvió a sentarse en el banquillo por este atentado en septiembre y negó que participase en la acción terrorista porque entonces, dijo, no pertenecía al comando Araba.
Tras el segundo juicio, la Audiencia Nacional ha considerado a Anboto responsable de veinte delitos de asesinato en grado de tentativa, otro de tentativa de atentado contra agentes de la autoridad y uno de estragos por este atentado con coche-bomba instalado en las inmediaciones del polideportivo Mendizorroza de Vitoria, antes de un partido de fútbol entre el Alavés y el Lleida, que no llegó a explosionar al ser desactivado por los TEDAX.
El tiempo máximo en prisión no excederá los 30 años
El tribunal condena a la acusada, de 61 años, a 425 años de prisión, si bien el tiempo máximo de cumplimiento, de acuerdo al Código Penal aplicable, no excederá de 30 años.
La Sala considera acreditado que Iparraguirre condujo el 19 de mayo de 1985 “el vehículo en cuyo maletero se había instalado un artefacto explosivo que fue dejado aparcado en la explanada” del polideportivo, cerca de donde solían estar aparcados los vehículos policiales en los días de eventos deportivos, “dejando orientada la carga hacia las taquillas”.
Respecto al informe que no fue tenido en cuenta en el primer juicio, el tribunal explica que se trata de cinco huellas que fueron archivadas como anónimas y que se cotejaron con las indubitadas de Iparraguirre.
La sentencia, que puede ser recurrida, otorga plena eficacia probatoria al informe, que ha sido sometido a contradicción en el juicio y cuyos resultados son concluyentes: “existen cuatro huellas de Soledad Iparraguirre en el volante del coche que estaba cargado con el explosivo. De esta manera existe prueba directa de que María Soledad Iparraguirre estuvo físicamente presente en el interior del vehículo, y que agarró el volante con cuatro de sus dedos”.
Para dictar la nueva sentencia el tribunal también ha contado con el testimonio de colaboradores del comando Araba que identificaron a Anboto como miembro del comando en 1985.