Castilla y León prohíbe barbacoas y el uso de maquinaria que despida chispas
La Junta ha declarado la alerta por riesgo de incendios forestales en las nueve provincias desde este lunes y hasta el próximo viernes.
La Junta de Castilla y León ha declarado la alerta por riesgo de incendios forestales en las nueve provincias desde este lunes y hasta el próximo viernes, días en los que estará prohibido realizar barbacoas o el uso de maquinaria que despida chispas, entre otras medidas.
La comunidad continúa en una grave situación de riesgo por la multitud de incendios declarados, muchos de ellos de gran peligrosidad.
Las predicciones meteorológicas indican que, aunque se prevé mejoría en las temperaturas, siguen siendo más altas de lo normal para esta época del año.
Además la vegetación acumula un estrés hídrico muy acusado y las humedades del combustible muerto son en casi toda la Comunidad menores al 5%.
Ante esta situación, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara, por Resolución del Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal, la situación de alerta meteorológica del 25 al 29 de julio.
Durante estos días se solicita a la población que extreme aún más las precauciones y avise inmediatamente a través del teléfono de emergencias 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
Las normas vigentes
La Resolución prohíbe el uso de barbacoas y el uso de los ahumadores en la actividad apícola; suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales; y prohíbe el uso de maquinaria que en su funcionamiento habitual despide chispas como sopletes, soldadores, radiales en el monte y franja de 400 metros de terreno rustico que lo circunda.
Se prohíbe el uso en el monte de aperos arrastrados o suspendidos que se introduzcan en el suelo o que eliminen vegetación por roce, golpe o machaqueo, como gradeos, cultivadores o desbrozadoras de cadenas o martillos; también se prohíbe, desde las 10:00 horas hasta las 22:00 horas, el uso de maquinaria propulsada por cadenas y de aquella que utilice cadenas cubriendo los neumáticos.
En cuanto a la utilización de maquinaria tipo cosechadora o empacadora, se deberá suspender en los momentos en que la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora.
No obstante, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
El uso de motosierras está permitido siempre que se cuente con medios de extinción adecuados en el lugar donde se trabaje (mochila, batefuegos o similar) y que sus lugares de mantenimiento, si son en monte, se mantengan limpios de vegetación en un radio de al menos dos metros y con medios de extinción.
Los campamentos juveniles podrán seguir con su funcionamiento habitual extremando la vigilancia y las medidas preventivas, y teniendo especial prudencia en el uso de generadores, motores y cocinas de campamento.
Asimismo, se solicita a la población que, además de extremar las medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la del monte, solicitando avise al 112 de la existencia de posibles incendios forestales.