Cambia la ley del pan: 9 cosas que vas a ver diferentes cuando vayas a comprarlo
Este primero de julio entra en vigor la nueva normativa.
Julio ya está aquí. Y con él llega el calor y la conocida como nueva ley del pan. El Real Decreto 308/2019 sustituye a la normativa de 1984 con el objetivo de acabar con las irregularidades en las que vive la industria del pan.
Un pan integral más estricto, una redefinición de masa madre o el abanico que se incluyen en “los panes especiales” son algunos de los puntos que más cambios traen, pero no son los únicos.
Estas son nueve claves de un Real Decreto que busca revolucionar la industria.
- El pan común, en el mercado un máximo de 24 horas. Lo dice claro en la primera frase del punto que aborda la comercialización en el punto de venta. Aunque sí que añade que se podrán vender después de un día indicándolo “mediante carteles colocados en las vitrinas o estanterías e informando verbalmente al consumidor”.
- Pero, ¿qué es pan común? En esta categoría ya no solo se encuentran aquellos fabricados con harina de trigo, ya que también entran los que estén hechos con harinas de otros cereales, como la integral.
- ¿Y cuánto será su IVA? Muchos panes que han tenido durante todo este tiempo un IVA del 10% tendrán ahora uno del 4%, ya que no serán panes especiales. A partir de este lunes, se les considera productos de primera necesidad —como la fruta o la leche— y entran dentro de la definición del pan común.
- ¿Qué es pan integral o de grano entero? Se define como el elaborado con harina integral o de grano entero. La normativa afirma que “se denominarán pan 100% integral” solo los que sean exclusivamente hechos con esta harina. El resto tendrán que incluir el porcentaje que llevan. La masa madre para el 100% integral también deberá proceder de harina completamente integral.
- Más restricción en el término “pan de leña”. Porque algunos de los que se vendían bajo esta etiqueta distaban de haber sido hechos con este método. Desde ahora, “el pan de leña solo podrá utilizarse para los panes cocidos íntegramente en un horno que utilice la leña como combustible”.
- ¿Se va a regular la sal? Sí, también se ha especificado que el contenido máximo de sal en el pan común debe ser de 1,31 gramos por cada 100 de pan.
- ¿Dónde empieza y termina el pan especial? El elaborado con harina de cereales u otras harinas, el multicereal, el pan de Viena o el tostado, los biscotes o el pan de molde son algunos de los ejemplos que se incluyen en la lista.
- ¿Y el pan multicereal, qué es? El etiquetado para este tipo de pan se queda única y exclusivamente destinado a aquel elaborado con tres o más tipos de harina de los cuales dos procederán de cereales. Además, tendrán que tener unos porcentajes determinados: las procedentes de cereales no podrán suponer menos del 30% de la mezcla total de harinas.
- Pan especial... ¿de qué puede estar hecho? Pues bien, en un punto determinan que el abanico de ingredientes que se pueden añadir a la masa panaria. Gluten de trigo seco o húmedo, diferentes tipos de leche, huevos, harinas de malta, grasas y aceites comestibles, cacao, especias, pasas o frutas son algunos de los alimentos que se incluyen.