La Audiencia Nacional condena al PP y a Bárcenas por la reforma de la sede de Génova
Dos años de cárcel para el extesorero: queda probada la caja B de los 'populares'.
Terremoto político judicial. La Audiencia Nacional ha condenado al ex tesorero general del PP Luis Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en ‘b’ más de un millón de euros de las obras de reforma la sede ‘popular’ de Génova y también al PP como responsable civil subsidiario por defraudar 123.669 euros en el impuesto de sociedades en 2007.
Así consta en la decisión de la Sala de lo Penal, que ha dictado sentencia en la pieza separada del caso Gürtel conocida como los papeles de Bárcenas. Esta decisión llega en un momento en el que el PP trata de vender ese edificio y mudarse al entender la dirección que la gente lo asimila con el pasado y la corrupción.
En ese fallo de la Audiencia Nacional, se condena también a dos años y nueve meses al arquitecto de Unifica Gonzalo Urquijo y Belén García, su socia en la empresa. En cambio, se absuelve a otros dos acusados: el exgerente del PP Cristobal Páez y a Lautra Montero, otra de las socias.
En el caso de Bárcenas la condena a dos años de cárcel se debe por abonar a la empresa Unifica una cantidad de 1.072.000 euros por las obras realizadas en la sede central del PP.
La Sala lo condena, señala la Audiencia, como cooperador necesario de un delito continuado de falsedad contable en concurso con un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto de Sociedades de 2007 de la empresa Unifica en relación de concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particulares y le impone una multa de 1,2 millones de euros.
El tribunal le aplica la atenuante de confesión al haber quedado acreditada su “colaboración real, activa y eficaz” para el esclarecimiento de los hechos y sus autores. Al ex tesorero del PP, también se le aplica, junto con los otros dos condenados, la circunstancia atenuante de reparación del daño.
Queda probada la caja B del PP
En la sentencia de 454 páginas, la Sala de lo Penal relata cómo Bárcenas desempeñó el cargo de gerente del PP desde 1990 a junio de 2008, un periodo en el que gestionó los fondos en metálico aportados a la formación política como donaciones privadas “a través de una contabilidad paralela -contabilidad B- de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”.
La Audiencia detalla: el control de los ingresos procedentes de las donaciones, así como de los gastos, lo llevaba el acusado Bárcenas en unas hojas que cumplimentaba con anotaciones manuscritas y después en hojas de excel, que es a lo que se ha llamado “papeles de Bárcenas”.
El fallo explica ese modus operandi de esta manera: estos papeles no contenían un registro sistemático de entradas y salidas y adolecían de diversos errores de saldo, así como saldos negativos, en los que generalmente faltaba dinero, si bien reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada, como los traspasos a las cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el Partido Popular o los pagos por las obras de reforma de la sede central de la referida formación política en la Calle Génova, 13 de Madrid.
Y añade que este dinero, siempre en efectivo y ajeno a todo control del departamento de contabilidad y del cajero del partido, se guardaba en una caja fuerte ubicada en el despacho de Bárcenas.
En la sentencia, detalla la Audiencia, se relata cómo se pagó esa obra en b. En 2005 el PP decidió acometer la remodelación del edificio que albergaba la sede central, para lo que se contrató a Unifica. La gestión de las obras fue asumida por Bárcenas y afectaba a varias plantas, sótanos, garajes y otras dependencias, unos trabajos que se ejecutaron entre 2005 y 2010, detalla el tribunal.
Se emitían uno o varios presupuestos para las obras de cada planta y, una vez terminada la obra, se emitía la certificación final cuyo importe constituía la base imponible de la factura que recogía las reformas.
De forma paralela a esta dinámica: Bárcenas y Urquijo convinieron que “que una parte de los pagos correspondientes a dichas obras serían abonados con los fondos b que aquel gestionaba, pactándose la aplicación de un descuento por parte de Unifica de entre un 7% y un 8% del importe de los trabajos abonados con tales fondos, con el consiguiente ahorro tanto para el PP como para Unifica en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”.
Para el tribunal, en la contabilidad oficial del PP remitida al Tribunal de Cuentas figuraron únicamente las cantidades correspondientes a las facturas emitidas por Unifica desde el año 2005 a 2011, “ocultándose por el contrario al control y la fiscalización del Tribunal de Cuentas la totalidad de los pagos no facturados efectuados por las diversas obras de remodelación al margen de la facturación y contabilización oficial y con fondos en metálico que fueron satisfechos” a Unifica a través de su responsable como administrador Gonzalo Urquijo.
La condena al PP
La Audiencia Nacional entiende que procede la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de las personas jurídicas, en este caso, de las sociedades Unifica y PP por los delitos cometidos por sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios.
La Sala precisa que no consta que el PP, a través de sus órganos directivos (comité ejecutivo) ejerciera un control adecuado sobre la gestión del gerente Luis Bárcenas en la fecha de los hechos, siendo las medidas adoptadas por la formación política, -tanto respecto de aquel, como de auditoría interna y promoción de iniciativas legislativas relativas a la financiación de partidos políticos-, posteriores a la fecha de comisión de los hechos enjuiciados.
En consecuencia, por la cuota defraudada en el Impuesto de Sociedades de 2007 por importe de 870.521,32 euros deben indemnizar de forma conjunta a la Hacienda pública Urquijo y Belén García y, de modo subsidiario Unifica y Bárcenas, pero limitada a la parte de cuota procedente de los pagos en b que fueron ingresos no declarados (380.520 euros de las obras de las plantas segunda y quinta) calculada en 123.669 euros “y, de modo subsidiario, el Partido Popular al haberlos cometido como gerente de dicha formación política”.
De lo que sí se salva el PP es de ser condenado como responsable civil subsidiario del delito contra la Hacienda pública por el Impuesto de Sociedades de 2008, delito del que ha sido absuelto.
Da veracidad a algunos papeles de Bárcenas
La Sala también se pronuncia sobre la autenticidad y veracidad de los “papeles de Bárcenas” con el fin de determinar si recogen o no hechos reales. De la valoración conjunta de la prueba, como las distintas declaraciones prestadas a lo largo de la instrucción por el extesorero, concluye el tribunal que, si bien como documento contable carece de valor en su integridad, sí ha de entenderse que recoge algunos acontecimientos que son reales o verosímiles en tanto han sido corroborados con otras pruebas.
La Audiencia señala que, como apuntó la defensa de Unifica en su informe final, los papeles de Bárcenas no tienen por qué ser todo verdad o todo mentira: “cabe otra opción, y es que sea verdad alguna anotación”.
“Esto es lo que ha ocurrido aquí, que determinados apuntes o anotaciones de salida han quedado corroborados con otras pruebas, lo que nos lleva a concluir que los papeles recogen acontecimientos que en una parte sí son reales”, sostiene.