Artur Mas, inhabilitado hasta el 23 de febrero de 2020
Condena por el 9-N
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha fijado que el expresidente catalán Artur Mas esté inhabilitado hasta el 23 de febrero de 2020 para cumplir la condena por desobediencia por organizar el 9-N, y le ha requerido que pague la multa de 36.000 euros que se le impuso.
En un auto de ejecución de la condena, la sala civil y penal del alto tribunal catalán establece que las penas de inhabilitación para cargo público impuestas a Mas y a las exconselleras Joana Ortega -nueve meses- e Irene Rigau -seis meses- empiecen a contar desde el pasado 23 de enero, cuando se dictó la sentencia firme del Tribunal Supremo.
La resolución del TSJC no se puede recurrir, por lo que Mas estará inhabilitado hasta el 23 de febrero de 2020 para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito autonómico y del Estado, la exvicepresidenta Joana Ortega hasta el 23 de octubre de 2019 y la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau hasta el 23 de julio de 2019.
El TSJC condenó en marzo de 2017 a Mas a dos años de inhabilitación, a Ortega a un año y nueve meses y a Rigau a un año y seis meses, si bien el Tribunal Supremo rebajó estas penas en enero pasado, al estimar parcialmente los recursos de las defensas.
De hecho, el Supremo había condenado, también en marzo de 2017, a un año y un mes de inhabilitación por el 9N al exconseller de Presidència Francesc Homs, que fue juzgado en el alto tribunal porque entonces era diputado en el Congreso.