Alberto Rodríguez recurre ante el Constitucional la decisión de Batet de "privarle" de su escaño en el Congreso
Pide la restitución "inmediata" de su escaño, que actualmente nadie ocupa.
El exdirigente de Podemos Alberto Rodríguez ha solicitado al Tribunal Constitucional que suspenda de manera cautelar y urgente la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de retirarle el acta de diputado, porque la considera “injusta e ilegal”, y que su recurso de amparo contra esa medida se dilucide en una vista abierta al público.
Rodríguez, a quien Batet le retiró el acta tras ser condenado por agredir a un policía en una manifestación antes de ser diputado, ha tomado esta decisión después de que el Tribunal Supremo le haya notificado que su condena de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo finalizó el 5 de diciembre.
Por este motivo, ha pedido la restitución “inmediata” de su escaño, que actualmente nadie ocupa, para “poder continuar ejerciendo las tareas que le eran propias tras haber sido elegido por más de 64.000 canarios y canarias”.
El exsecretario de Organización de Podemos ha avanzado que no será el último recurso que presente y ha agregado que, como ya ha anunciado en ocasiones anteriores, acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos “si en el entramado judicial del Estado español no hay margen de protección de los derechos democráticos”.
“Anuncié que iba a llegar hasta el final con el objetivo de revertir esta cadena de cacicadas arbitrarias y eso estoy haciendo sin descanso”, ha expuesto en una nota de prensa que acompaña con el texto de su recurso de amparo al Constitucional.
Asimismo, ha insistido en que ha sido víctima de “un montaje” policial para criminalizar la protesta social en la que participó, de una sentencia judicial “sin pruebas” y de “una maniobra política con muchos actores implicados”.
“No pararé hasta que se haga justicia. Esta batalla es desigual; evidentemente no cuento con los ingentes recursos de la otra parte, pero tengo algo que no pueden comprar ni con todo el oro del mundo: la solidaridad de miles de personas que han expresado públicamente su indignación ante este atropello”, ha añadido.
Rodríguez ha agradecido a “las valientes compañeras, organizaciones y espacios que no se sometieron al velo de silencio pactado por arriba sobre este asunto” y que han conseguido “hacer añicos el intento de cultura de cancelación”, ha asegurado.
“En procesos de represión como este muchas caretas caen”, ha apostillado el exdiputado, quien ha hecho hincapié en que seguirá adelante a pesar de las dificultades.
En el recurso presentado ante el Tribunal Constitucional, la defensa de Alberto Rodríguez dice que la decisión “unilateral” de Batet de retirarle el escaño es ilegal y arbitraria y está motivada por algún temor o intención desconocida.
Según esta defensa, la presidenta del Congreso fue “mucho más allá” de lo que el Tribunal Supremo le pidió, que era que informase de la fecha en que comenzaba a cumplirse los 45 días de prohibición de presentarse a cualesquiera elecciones.
“Ni más ni menos que eso y, a partir de ahí, quien dice ser profesora de Derecho Constitucional en una Universidad, de cuyo prestigio no dudamos, se procede a acordar la privación del escaño de diputado de mi representado”, sostiene la defensa del exdiputado.
La decisión de Batet de retirarle el acta de diputado es, para el abogado de Alberto Rodríguez, “demasiado grande como para tener encaje constitucional”.
Denuncia que la presidenta del Congreso desoyera el informe de los letrados de la Cámara e interpretara “como quiso” lo que le solicitó el Tribunal Supremo.
El Supremo impuso a Rodríguez una multa de 540 euros tras ser condenado por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en La Laguna (Tenerife) y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena, de 45 días.
Tras esta condena, la presidenta del Congreso le comunicó a Alberto Rodríguez la pérdida de su condición de diputado de Unidas Podemos, tal como dijo que le requirió el Supremo.
Sin embargo, los servicios jurídicos de la Cámara Baja interpretaron en su momento que Rodríguez no perdía la condición de diputado al haberse conmutado la pena de prisión por la multa, ni tampoco por la “inhabilitación especial para sufragio pasivo” que establece la sentencia, ya que entendían que iba vinculada a un periodo electoral y no al momento actual, en la que ya era diputado electo.