Las ventajas fiscales de reformar tu vivienda
Es posible obtener deducciones si se cumplen ciertos requisitos.
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Reformar la vivienda, más allá de conllevar un gasto significativo, puede implicar beneficiarse de una serie de ventajas fiscales si se cumplen ciertos requisitos a la hora de realizar la obra.
Por ejemplo, tal y como recoge Okdiario, es posible pagar un IVA reducido del 10% (y no del 21%) en los trabajos de fontanería electricidad, carpintería, pintura o acabados. Para ello es necesario que la vivienda en la que se acomete la reforma sea primera o segunda residencia.
Por lo tanto, no se podrá aplicar ese IVA reducido si el inmueble se alquila o se utiliza para desempeñar alguna actividad empresarial o profesional.
Además, también se exige que la vivienda cuente con un mínimo de dos años de antigüedad desde que se llevó a cabo su construcción o rehabilitación, y que el coste de los materiales no suponga una cifra superior al 40% del precio total de la reforma.
Deducciones en el IRPF
Por otro lado, también se pueden lograr deducciones en el IRPF si a raíz de la obra realizada se consigue mejorar la eficiencia energética de la vivienda. Para demostrar el hecho es necesario contar con dos documentos: un certificado de eficiencia energética anterior a la obra y otro posterior.
En concreto, hay dos deducciones disponibles. La primera de ellas asciende a una cifra máxima de 1.000 euros (un 20% sobre una base máxima de 5.000 euros). El requisito para poder aplicarla es que, a raíz de la obra, se haya conseguido disminuir la demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 7%.
La otra deducción puede alcanzar hasta 3.000 euros (un 40% sobre una base máxima de 7.500 euros). No obstante, la exigencia también es más elevada: reducir en un 30% el consumo de energía no renovable en la vivienda o conseguir una calificación A o B en el certificado de eficiencia energética que se emita una vez concluidas las obras.