Las ventajas fiscales de reformar tu vivienda
Es posible obtener deducciones si se cumplen ciertos requisitos.
Reformar la vivienda, más allá de conllevar un gasto significativo, puede implicar beneficiarse de una serie de ventajas fiscales si se cumplen ciertos requisitos a la hora de realizar la obra.
Por ejemplo, tal y como recoge Okdiario, es posible pagar un IVA reducido del 10% (y no del 21%) en los trabajos de fontanería electricidad, carpintería, pintura o acabados. Para ello es necesario que la vivienda en la que se acomete la reforma sea primera o segunda residencia.
Por lo tanto, no se podrá aplicar ese IVA reducido si el inmueble se alquila o se utiliza para desempeñar alguna actividad empresarial o profesional.
Además, también se exige que la vivienda cuente con un mínimo de dos años de antigüedad desde que se llevó a cabo su construcción o rehabilitación, y que el coste de los materiales no suponga una cifra superior al 40% del precio total de la reforma.
Deducciones en el IRPF
Por otro lado, también se pueden lograr deducciones en el IRPF si a raíz de la obra realizada se consigue mejorar la eficiencia energética de la vivienda. Para demostrar el hecho es necesario contar con dos documentos: un certificado de eficiencia energética anterior a la obra y otro posterior.
En concreto, hay dos deducciones disponibles. La primera de ellas asciende a una cifra máxima de 1.000 euros (un 20% sobre una base máxima de 5.000 euros). El requisito para poder aplicarla es que, a raíz de la obra, se haya conseguido disminuir la demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 7%.
La otra deducción puede alcanzar hasta 3.000 euros (un 40% sobre una base máxima de 7.500 euros). No obstante, la exigencia también es más elevada: reducir en un 30% el consumo de energía no renovable en la vivienda o conseguir una calificación A o B en el certificado de eficiencia energética que se emita una vez concluidas las obras.