La ayuda del SEPE de 500 euros que puede ser para toda la vida con un documento
La prestación garantiza la cotización para la pensión de jubilación.
La ayuda del SEPE para mayores de 52 años, que intenta amainar la difícil situación de quedarse desempleado después de los 50. Este subsidio llegará hasta los 500 euros y se podrá cobrar una vez agotado el paro. Lo mejor de todo es que se puede percibir de forma indefinida cumpliendo un único requisito.
Para conservar esta ayuda, solo tendrás que presentar la Declaración Anual de Rentas, también conocida como el certificado DAR. Es importante no confundirlo con la declaración de la Renta en Hacienda. Por otro lado, si se cobra esta ayuda, solo se tendrá que hacer la declaración del Impuesto de Renta a las Personas Físicas en caso de sobrepasar un límite de rentas, y si en el ejercicio económico anterior tuvo uno o más pagadores.
Las condiciones del servicio público de empleo para recibir la subvención son: tener 52 años o más, estar inscritos como demandante de empleo, agotar la duración máxima de paro a la que tuvieran derecho, suscribir el compromiso de actividad, demostrar un periodo mínimo de cotización y tener unos ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (810 euros) durante todos los meses.
¿Cuándo presentar La Declaración Anual de Rentas? Esta se debe presentarse al año de comenzar a cobrar el subsidio. Cuando se cumplan los 12 meses, los perceptores tienen 15 días hábiles (tres semanas) para presentar ese documento, o de forma presencial o a través de Internet.
Para hacerlo de forma telemática solo tendrás que ingresar en la Sede Electrónica del SEPE e identificarse con certificado digital, DNI electrónico o un Sistema Cl@ve. Quienes no puedan también tiene habilitada la opción de enviar un formulario de pre-solicitud.
Si el usuario se siente más seguro haciéndolo de forma presencial, tendrá que pedir cita en un determinado día y a una hora en concreto.
Para este año la cuantía a cobrar asciende a 480 euros, una cifra que se corresponde con el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). La ventaja de cobrar esta ayuda es que es el único que cotiza para la pensión de jubilación, por tanto, es el único con carácter contributivo.