Europa prohíbe la huella dactilar para fichar en el trabajo
Las empresas podrían enfrentarse a sanciones si siguen utilizando estos sistemas de control horario, independientemente de la legalidad de su instalación.
El Comité Europeo de Protección de Datos ha emitido una directriz que prohíbe el uso de la huella dactilar como método de registro de jornada laboral en empresas. Esta medida, que afecta directamente a los sistemas de control biométrico, ha provocado un cambio significativo en las regulaciones de control de presencia en el entorno laboral.
Esta directriz establece que el uso de datos biométricos, como la huella dactilar o el reconocimiento facial, está considerado como una categoría especial y su empleo para el fichaje en el trabajo queda prohibido de forma generalizada, salvo en situaciones específicas contempladas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), de acuerdo con la información publicada en el porta Xataka, se ha visto obligada a ajustar sus directrices en consonancia con la normativa europea, lo que implica que cualquier empresa que continúe utilizando sistemas biométricos para el registro de jornada, como el escaneo de huella dactilar, podría enfrentarse a sanciones, independientemente de la legalidad en su instalación.
En consecuencia, se insta a las empresas a buscar métodos alternativos para el control de acceso que no impliquen el uso de datos biométricos, siguiendo las nuevas pautas establecidas por la Unión Europea en aras de la protección de la privacidad y los derechos individuales en el ámbito laboral.