Esto es lo que dice la ley sobre las subidas de las cuotas en la comunidad de vecinos
La gestión de cuotas en una comunidad de propietarios no solo implica aspectos financieros, sino también normativos y de convivencia.
Las cuotas de las comunidades de vecinos, esenciales para el mantenimiento de espacios comunes y servicios, están sujetas a regulaciones que dictan cuándo y cómo pueden incrementarse legalmente.
El artículo 17.1 del Código Civil de Propiedad Horizontal establece que cualquier aumento de la cuota debe ser proporcional a los gastos reales y necesarios del inmueble. Este marco legal prohíbe que las cuotas de los propietarios se utilicen para generar beneficios económicos, asegurando que los fondos se destinen únicamente a cubrir los costes de la comunidad.
Los propietarios tienen derecho a conocer el detalle de los gastos y a impugnar aumentos que consideren injustificados o ilegales. En casos donde la subida exceda el 15% sin contar el IVA y no se justifique por la contratación de nuevos servicios, los residentes pueden reclamar y cuestionar la legalidad del incremento.
Si la comunidad de vecinos se plantea una subida de la cuota menor al 15% no se requiere convocar una reunión extraordinaria, por lo que se puede tratar en la reunión ordinaria de la junta de propietarios.
La Ley de Propiedad Horizontal dispone que para aprobar esta subida, se necesita que más de la mitad de los vecinos estén de acuerdo.