El regalo de Hacienda a los extranjeros que cotizan en España
Los autónomos extranjeros que vengan a España a desarrollar una actividad emprendedora podrán tributar a un tipo fijo del 24% hasta los 600.000 euros.
El Ministerio de Hacienda ha ampliado los sujetos beneficiarios del régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español. Así se establece con las novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 1008/2023, por el que se modifica el Reglamento del IRPF y IS, con efectos desde el pasado 7 de diciembre de 2023.
Esta modificación permite optar por el régimen especial a quienes se desplacen para desarrollar una actividad emprendedora a nuestro país, según ha informado el medio Diario AyE: Autónomos y Emprendedores. Este régimen fiscal especial, ahora aplicable a estos autónomos extranjeros, se conoce coloquialmente como Ley Beckham. Se trata del artículo 93 de la LIRPF, cuyas modificaciones incorporan los cambios provenientes de la Ley de Startups (Ley 28/2022, de 21 de diciembre), ley que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2023.
Entre las novedades, se incorpora como sujetos beneficiarios a aquellos trabajadores por cuenta ajena que se desplacen a territorio español para trabajar a distancia utilizando exclusivamente medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación (nómadas digitales). También se incluye a administradores de empresas, independientemente del porcentaje de participación en el capital social de ésta, según estipula la Agencia Tributaria.
Según recoge la Agencia Tributaria, se permite su aplicación "a quienes se desplacen para desarrollar una actividad emprendedora en los términos de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización". Es decir, “aquellos emprendedores que creen un negocio (no sociedad) bajo determinadas pautas, entre las que destaca tener un informe favorable de ENISA", ha explicado Sandra Hernanz, abogada especialista en Derecho Tributario, al mismo medio.
El régimen de la Ley Beckham es un régimen tributario especial para desplazados a territorio español, "que permite tributar por el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) con un tipo fijo del 24% hasta los 600.000 euros". Mediante este sistema, los contribuyentes solo tributan por las rentas obtenidas en España, aunque están sujetos al Impuesto de Patrimonio, ha señalado la abogada.
"Por medio del mismo, al venir a España por trabajo, no te conviertes en contribuyente del IRPF de forma inmediata, ya que permite acreditar la no residencia, y, en consecuencia, no tributar por todas las rentas que se tengan. Solo tributar por los rendimientos que se perciban en España", ha agregado. Según la Ley de Startups, para que una persona pueda acogerse a este régimen especial no puede haber sido residente fiscal en el país en los últimos cinco años.