Cómo saber si me han aprobado la ayuda de 200 euros
El plazo para enviar las solicitudes se cerrará el próximo 31 de marzo.
Desde este 15 de febrero, y hasta el 31 de marzo, se encuentra abierto el plazo para solicitar la ayuda de 200 euros que el Gobierno ha puesto en marcha para facilitar la compra de alimentos a las familias de clase media en la actual situación económica marcada por la inflación.
En concreto, este cheque de 200 euros, que se otorga por unidad familiar (no individualmente), está destinado a los asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que no reciban otras prestaciones de carácter social, como es el caso de las pensiones o el Ingreso Mínimo Vital.
En consecuencia, para baremar si se cumplen los requisitos económicos asociados a la ayuda, se tiene en cuenta el conjunto de ingresos de los familiares que convivan en el mismo domicilio, es decir, el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes hasta segundo grado. Sin embargo, no se sumarán los ingresos y el patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación familiar.
En ese sentido, el Ejecutivo detalla en el sitio web de Moncloa que, para que se conceda el cheque de 200 euros, se deben haber percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros. No obstante, la vivienda habitual se encuentra excluida del cálculo del patrimonio. La otra condición para ser beneficiario de la ayuda es tener la residencia habitual en España.
Cómo saber si la solicitud ha sido aceptada
El organismo encargado de tramitar la ayuda es la Agencia Tributaria, por lo que se debe acceder a su Sede Electrónica para conocer cuál es el estado de la solicitud.
En concreto, en el apartado correspondiente a este cheque de 200 euros (disponible en este enlace) se debe acceder a ‘consulta de solicitudes presentadas’. Ahí, tal y como explica un documento publicado por la propia Agencia Tributaria, se debe elegir un método para identificarse: son válidos la Cl@ve PIN, el certificado digital y el DNI electrónico.
Tras haberse identificado, aparecerán varios recuadros en los que se puede introducir un intervalo de fechas, un aspecto útil si se han enviado varias solicitudes. Una vez especificado el día o el mes en el que se cumplimentó el formulario, debajo aparece la solicitud y el estado de la misma.
No obstante, la Agencia Tributaria señala que, en el supuesto de que la solicitud sea denegada, se encargará de enviar una notificación en la que “se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria”.