Cobrar una prestación o subsidio del SEPE en efectivo es posible solo en estos casos
El organismo contempla esa opción “cuando la persona trabajadora alegue y justifique alguna circunstancia personal por la cual el pago por ingreso en cuenta pueda ocasionarle algún perjuicio grave”.
Las cuantías económicas asociadas a las distintas prestaciones y subsidios que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se ingresan en la cuenta bancaria de la persona beneficiaria.
Sin embargo, el organismo contempla una serie de supuestos excepcionales en los que es posible que el individuo pueda recibir el dinero en efectivo a través de alguna de las entidades colaboradoras con el SEPE.
El propio SEPE explica en su sitio web que cabe la posibilidad de proceder al pago el efectivo “cuando la persona trabajadora alegue y justifique alguna circunstancia personal por la cual el pago por ingreso en cuenta pueda ocasionarle algún perjuicio grave”.
En concreto, el organismo indica las circunstancias personales que pueden justificarse como motivo para cobrar la prestación o subsidio en efectivo son las siguientes:
- Ser víctima de violencia de género o de violencia doméstica, o encontrarse en una situación que necesite especial protección, a fin de preservar la identidad y seguridad de las personas afectadas. Estas situaciones se justifican con el documento proporcionado por la Administración competente, salvo que ya estuvieran debidamente justificadas en el expediente.
- Cuando la persona trabajadora alegue y justifique que no puede abrir una cuenta corriente.
- Cuando la persona trabajadora tenga autorizado por el SEPE el pago por recibo y las causas que indicó para obtener esta autorización figuren justificadas en el expediente.
En cualquier caso, el SEPE subraya que “se podrán tener o no en cuenta las causas que se hayan indicado”, por lo que no hay ninguna circunstancia que garantice al 100% el cobro en efectivo de la ayuda.
Otro supuesto que el organismo contempla para autorizar el pago en efectivo es que “exista alguna circunstancia, y solo mientras esta se mantenga, que no permita al SEPE, en un momento dado, ingresar la prestación en su cuenta”.