Carrefour le da la vuelta al caso de la trabajadora despedida por inflar sus compras

Carrefour le da la vuelta al caso de la trabajadora despedida por inflar sus compras

La compañía francesa, después de descubrir la conducta, también despidió a otro trabajador, supuesto colaborador de la empleada despedida.

El logotipo de Carrefour, detrás de un carro de la compra.Rafael Henrique/

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado un vuelco al caso de una empleada de Carrefour a la que despidieron por presuntas irregularidades en sus compras, en la que aprovechaba el descuento que ofrece la compañía francesa a su plantilla. La sentencia inicial del Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, que declaraba improcedente el despido de la trabajadora, ha sido revocada después de que la empresa recurriese el fallo.

El conflicto, tal y como recoge Confilegalse remonta a principios de 2023, cuando Carrefour despidió a la empleada por no pasar por caja todos los productos que adquiría con su tarjeta de descuento de trabajador. Según la empresa, en varias ocasiones habría omitido el pago de algunos artículos, presuntamente con la ayuda de un compañero de trabajo. Después de detectar esta conducta, la compañía francesa tomó la decisión de iniciar un proceso disciplinario que culminó en el despido de ambos trabajadores.

La empleada despedida decidió recurrir el despido y, en su defensa, argumentó que no hubo intención maliciosa y que cualquier error podría atribuirse a algún error de la caja. El juzgado de primera instancia falló a su favor al considerar que durante el juicio no se pudo demostrar la mala fe de la trabajadora por lo que declaraba el despido como improcedente y ordenó la readmisión de la empleada o el pago de una indemnización.

Sin embargo, Carrefour presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aportando nuevas pruebas que soportaban su teoría, como algunas grabaciones de vídeo y los tickets de compra en los que, según ellos, se demostraba que algunos de los artículos que se llevaba no se registraban a su paso por caja.

La Sala de lo Social del TSJM, presidida por José Manuel Yuste Moreno y compuesta también por Ofelia Ruiz Pontones y María Isabel Saiz Areses, reconsideró el caso. En su fallo, el tribunal destacó que la trabajadora había repetido esta conducta en múltiples ocasiones y que esto no podía atribuirse a simples errores. Además, señalaron que la colaboración constante con el mismo cajero no era coincidencia casual.

Con estos argumentos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó el recurso de Carrefour, revocando la sentencia anterior y declarando procedente el despido de la empleada. Esto significa que Carrefour no tendrá la obligación de readmitir a la trabajadora ni de pagar la indemnización inicialmente dictada por el juzgado de lo social.