Estos son los beneficios de la Ley Beckham para los nómadas digitales
El BOE ha aclarado hace unas semanas que esta clase de trabajadores podrán acogerse al régimen tributario especial.
La Ley de Startups (denominada oficialmente como Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes) ha hecho que los nómadas digitales que se desplacen hasta España puedan beneficiarse de importantes ventajas fiscales.
En concreto, el Real Decreto 1008/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que fue publicado en el BOE el 6 de diciembre de 2023 confirmó que los nómadas digitales llegados a España en los años 2022 y 2023 podrán acogerse a la conocida coloquialmente como Ley Beckham.
La Ley Beckham (que recibe ese nombre debido a que el futbolista David Beckham fue de los primeros en acogerse durante su etapa como jugador del Real Madrid) permite a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español poder beneficiarse de un régimen tributario especial.
Y aunque la Ley de Startups dejaba en el aire que los nómadas digitales pudieran formar parte de ese régimen tributario, el mencionado Real Decreto aclaró que “el plazo para el ejercicio de la opción por el régimen especial previsto en el artículo 93 de la Ley del Impuesto para los contribuyentes que adquieran su residencia fiscal en España en el período impositivo 2023, como consecuencia de un desplazamiento realizado a territorio español en 2022 o en 2023 antes de la entrada en vigor de la Orden por la que la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública apruebe el modelo de comunicación de la opción, será de seis meses desde la fecha de entrada en vigor de dicha Orden, salvo cuando el artículo 116 de este reglamento le otorgue un plazo superior”.
Además, el texto normativo especificó que “en el supuesto de que el desplazamiento a que se refiere el párrafo anterior hubiera venido determinado por el inicio de una relación laboral, ordinaria o especial, o estatutaria con un empleador en España, por venir ordenado por su empleador o cuando sin ser ordenado, la actividad laboral se preste a distancia, o como consecuencia de la adquisición de la condición de administrador de una entidad, también podrán ejercer la opción por el citado régimen especial con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Orden señalada en el párrafo anterior, aplicando a tal efecto el artículo 119 de este reglamento en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2022”.
Tributación mediante el IRNR
Por lo tanto, los nómadas digitales podrán tributar por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) y no por el IRPF. En consecuencia, se beneficiarán de un tipo fijo del 24% hasta los 600.000 euros. El tipo pasa al 47% a partir de la mencionada cifra.
Estos trabajadores podrán formar parte de este régimen tributario siempre que hayan vivido al menos cinco años fuera de España antes de realizar la solicitud. El periodo durante el que se podrán beneficiar de esta reducción fiscal incluirá el año de llegada a España y los cinco inmediatamente posteriores.