La ayuda para trabajadores que será un alivio mensual si cumples estos requisitos
Se trata de un subsidio no contributivo creado en 2020.
Hay personas que pese a tener un puesto de trabajo no alcanzan el nivel de ingresos mínimo para tener una vida digna. Ese colectivo puede beneficiarse de una ayuda no contributiva creada en 2020: el Ingreso Mínimo Vital.
La Seguridad Social define en su sitio web al Ingreso Mínimo Vital como “una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas”.
A esta ayuda pueden acogerse los individuos mayores de 23 años que no estén casados, no tengan pareja de hecho ni estén vinculados a ninguna otra unidad de convivencia. No obstante, existe una excepción a ese requisito de edad: las personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores.
Igualmente, pueden recibir el Ingreso Mínimo Vital las personas sin hogar y las mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
Requisitos económicos
No obstante, además de cumplir esas condiciones en cuanto a edad y estado civil, desde el punto de vista económico también es necesario encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
La Seguridad Social detalla que “para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros”.
“Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el Ingreso Mínimo Vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. Computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas”, añade el organismo.
Asimismo, la Seguridad Social subraya que también se tiene en cuenta el patrimonio para analizar esa situación de vulnerabilidad económica: “No se considera en situación de vulnerabilidad económica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual”.
En 2024, la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital es de 604,21 euros al mes (en 12 pagas) en el caso de un solo adulto. La cifra se incrementa de manera progresiva dependiendo de los miembros que integren la unidad de convivencia. En consecuencia, para un solo adulto el límite de patrimonio en 2024 equivale a 21.751,56 euros.
Compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital con el empleo
Respecto a esa compatibilidad con el empleo, la revista de la Seguridad Social recuerda que “el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprobó en 2022 un mecanismo que garantiza que aquellos beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital que aumenten su participación en el mercado de trabajo incrementen su renta disponible”.
“Este mecanismo consiste en que una parte del aumento en sus ingresos (gracias a rendimientos del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia) no se tendrá en cuenta a la hora revisar su IMV, y, por tanto, en función de sus rentas, será posible que siga cobrando la prestación (o una parte de la misma) a la vez que mejora sus ingresos. A esta cantidad la llamaremos renta no computable”, explica la Seguridad Social.
“En la revisión anual del IMV se aplicará el mecanismo del Incentivo al Empleo aprobado y se tomará el incremento producido con los datos de dos años anteriores. En el caso de 2024, para beneficiarios del IMV en 2023, se tendrá en cuenta el aumento de rentas del trabajo en 2023”, precisa el organismo.