La alta multa que tendrá que pagar una mujer por cobrar el paro y trabajar
Se desplazaba casi 160 kilómetros de distancia, de la localidad pontevedresa de Vilagarcía a la coruñesa de Valdoviño, para trabajar como camarera.
Tener un trabajo, ya sea como asalariado o autónomo, no es compatible con el cobro del paro. Lo dice el SEPE en su página web y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) lo deja bien claro en la última de sus resoluciones, en la que además echa por tierra cualquier esperanza de la demandada en evitar el pago de una cuantiosa multa.
El caso se remonta al año 2018, cuando la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de A Coruña detectó que la mujer denunciada cobraba un subsidio de desempleo, pero se trasladaba para trabajar como camarera desde la ciudad de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra) hasta la localidad de Valdoviño (A Coruña), situada a casi 160 kilómetros.
"Se encarga de servir las consumiciones a los clientes del establecimiento de hostelería y es perceptora del subsidio por desempleo desde el día 12-1- 2018; doña Juliana acudió a la Oficina de Prestaciones del SPEE en Vilagarcía de Arousa y solicitó el restablecimiento del subsidio de desempleo del que era acreedora, y que le había sido suspendido el 8-1-2018. Ese mismo día 12-1-2018, dona Juliana se desplazó desde su domicilio en Vilanova de Arousa hasta Valdoviño, distantes en 159 kilómetros, y acudió al establecimiento", indica el informe de Inspección de Trabajo del que se hace eco La Voz de Galicia.
El máximo tribunal de Galicia confirma ahora el fallo del Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol emitido en 2022 y que obligaba a la ahora condenada a abonar 10.001 euros en concepto de multa. La resolución del TSXG establece, además, que no cabe recurso si bien puede trasladarse a instancias superiores.