Desde mañana el Estado no podrá iniciar gastos no previstos en presupuestos
A partir del miércoles 20 de julio la Administración General del Estado no podrá iniciar gastos no previstos en los presupuestos para asegurar el cumplimiento de los objetivos de Estabilidad Presupuestaria adquiridos con la Comisión Europea.
Así lo recoge la orden ministerial, publicada en el BOE, por la se adelanta cuatro meses el cierre del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias de 2016, adelanto que se incluye en las alegaciones presentadas por España a Bruselas para evitar una eventual multa por superar el nivel máximo de déficit en 2015.
La limitación de gastos no afecta a las pensiones, las prestaciones por desempleo, los gastos de personal o la deuda pública, ni tampoco a otros establecidos por normas legales o reglamentarias o que puedan ser autorizados o aprobados por el Consejo de Ministros. Los pagos de los compromisos ya asumidos por la Administración podrán realizarse hasta el 30 de diciembre, evitando así que queden facturas pendientes de pago.
ORGANISMOS AFECTADOS
La orden que regula las operaciones de cierre del ejercicio 2016 no afecta sólo a la Administración General del Estado, también a los organismos autónomos del Estado, las agencias estatales y otros organismos públicos. La práctica habitual es que la orden de cierre regule las fechas máximas en las que pueden llevarse a cabo las distintas actuaciones de gasto con el fin de ordenar el cierre del ejercicio.
Para ello, se suele establecer como fecha máxima en la que se pueden iniciar las actuaciones de gasto los primeros días de noviembre, con el fin de que el gasto pueda ser comprometido y ejecutado dentro del ejercicio. No obstante, el Gobierno en funciones ha decidido este año adelantar a finales de julio el cierre del presupuesto del Estado de 2016 para hacer efectivos los compromisos adquiridos con la Comisión Europea.
Con esta medida, el Gobierno en funciones insiste en la importancia de limitar el gasto público de todas las administraciones para conseguir unos ahorros que pueden ser decisivos a la hora de cumplir con los objetivos de estabilidad. A partir del 20 de julio, la Administración del Estado no podrá iniciar nuevos gastos, salvo los que se deriven del cumplimiento de normas legales o reglamentarias.
De acuerdo con la orden, iniciado el procedimiento de gasto, el 29 de julio será la fecha máxima en la que la Administración podrá remitir a la Intervención para su fiscalización los compromisos de gasto con un tercero.