¿Por qué me tengo que acostumbrar a las comisiones bancarias?
Acostumbrar, adquirir costumbre. Costumbre, manera habitual de actuar o comportarse. El verbo utilizado por el Presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), José María Roldán al referirse a las comisiones bancarias, diciendo que “el cliente tendrá que acostumbrarse a pagar de manera explícita por aquellos servicios que antes pagaba de manera menos transparente”.
¿Pero es posible adoptar esta costumbre? Porque esto se produce en uno de los momentos en los que los productos sin comisiones son el principal reclamo.
¿Llegarán también las comisiones a la banca online?
Nos encontramos ante una situación dispar. La banca apostando cada vez más fuerte por el canal online, incluso el mismo José María Roldán advirtió de “la velocidad de abandono por parte de los clientes de los canales tradicionales bancarios en favor de las nuevas opciones telemáticas” en un corto espacio de tiempo. Un negocio bancario que pierde ingresos en comisiones por servicios de actividad bancaria –el último Informe de Estabilidad Financiera publicado por el Banco de España confirma que las comisiones netas se incrementaron en el último año un 1,1%, pero que a pesar de este crecimiento “no logran compensar la fuerte caída del resultado de las operaciones financieras”, resaltando que precisamente son las comisiones cobradas por la actividad bancaria en sí las que más han descendido en ingresos, mientras que las comisiones que vienen vinculadas a la comercialización de productos financieros no bancarios o por servicios de valores han aumentado- . Y unos clientes digitales que vienen de la exención de comisiones y que –presumiblemente- no estarán dispuestos a asumir ningún coste. Un conflicto que está por venir.
Si una de las ventajas de la banca online era precisamente, además de su comodidad y apertura 24h, la de que generalmente tenían unas menores comisiones o incluso ninguna, ¿ahora pierde esa condición y la “norma” será el cargo de comisiones? Paradójica situación donde las haya.
La última moda, cobrar por ingresar en cuenta de la que no se es titular
Pero en Cádiz, en un Juzgado de Chiclana concretamente, tal y como informa el Diario de Cádiz y así recoge Facua se ha dictado una sentencia que declara ilegal el cobro de una comisión por ingresar dinero en caja a una cuenta de la que no se es titular entendiendo que el banco no está prestando el servicio a quien ingresa, sino al titular que recibirá el dinero y por ello no puede cobrar ninguna comisión, ya que además se entiende que se está cobrando dos veces por un mismo concepto, lo que según el Banco de España no está permitido.
¿Qué dice el Banco de España?
Que las entidades tienen total libertad para establecer las tarifas y comisiones que cobran por los servicios que ofrecen a los clientes, no pudiendo cobrar comisiones o gastos por servicios que el cliente no haya solicitado y aceptado en firme, así como tampoco podrán cobrar dos veces o más por un mismo concepto. He aquí la clave.
Pero es que ya en 2012 a través de la Memoria del Servicio de Reclamaciones, el Banco de España apuntaba que se consideraba improcedente el cobro de cualquier otra comisión por un ingreso en efectivo en una cuenta ya que se trata de un servicio de caja que el titular de la cuenta ya “paga” a través de la comisión de mantenimiento.
Te (nos) empujan a utilizar el canal online – por ejemplo acortando el horario de caja o instaurando altas comisiones por ingresos en cuentas- lo que les supone un ahorro de costes importante, pero a la vez te (nos) dicen que habrá que asumir comisiones, que esto será la “norma” a pesar de que las entidades basen su estrategia de captación de clientes en la aparente gratuidad de los servicios, advertía Roldán.
Una situación venidera que o mucho cambia la población, o crispará a los clientes bancarios que pasarán de no pagar algo directamente, a pagarlo directa y explícitamente, y eso molesta, algo que ya sabe el Presidente de la AEB, que augura “algo que no será fácil ni pacífico”.