El rey firma hoy la convocatoria de elecciones

El rey firma hoy la convocatoria de elecciones

EFE

A las urnas otra vez. El real decreto de convocatoria de elecciones generales, que este martes firmarán el rey y el presidente del Congreso, no sólo pondrá fecha a la jornada electoral, prevista para el 26 de junio, sino que también desvelará la fecha en que se constituirán las nuevas Cortes Generales, que debe encuadrarse en los 25 días posteriores a los comicios y que se calcula para en torno al 20 de julio.

Tras constatarse que no hay ningún candidato con opciones a recabar la confianza del Congreso elegido en diciembre y una vez cumplido el plazo de dos meses desde el primer intento fallido, el protagonizado por el socialista Pedro Sánchez, las Cortes han quedado disueltas a las cero horas del 3 de mayo.

Ese martes por la mañana, el presidente del Congreso, Patxi López, se desplazará al Palacio de la Zarzuela para la firma del decreto de convocatoria de elecciones, que debe publicarse y entrar en vigor el mismo día. Lo habitual es que el decreto de convocatoria lo firme el presidente del Gobierno, pero al estar en funciones, la tarea va a recaer por primera vez en el Jefe del Estado, con el refrendo del presidente de las Cortes.

MARTES, DÍA 1 DEL PERIODO ELECTORAL

Ese real decreto de convocatoria de elecciones generales tiene que dejar claro, en primer lugar, la fecha de entrada en vigor, que es el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta fecha, el martes 3 de mayo, determina todo el calendario electoral.

También se determina la fecha de celebración de las elecciones, que será 54 días naturales después de la publicación, por tanto el 26 de junio, de nuevo en domingo (la ley no impide que las elecciones se celebren cualquier otro día de la semana).

El decreto ha de precisar asimismo el número de parlamentarios que se eligen en cada circunscripción, ya que es una cifra que puede variar en cada convocatoria en función de su población. No obstante, se sabe que cada circunscripción elige un mínimo de dos diputados con la excepción de Ceuta y Melilla, que eligen uno cada una. El número de senadores es fijo: cuatro por circunscripción provincial, dos en Ceuta y Melilla y uno en las siguientes islas o agrupaciones de islas: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.