El Constitucional permitirá que el Parlament debata la moción independentista

El Constitucional permitirá que el Parlament debata la moción independentista

EFE

Habrá debate. El pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad en la tarde del jueves la suspensión cautelar de la tramitación de la moción independentista de Junts pel Sí y la CUP en el Parlament, tal y como le solicitaba el recurso de amparo que el PP y Ciudadanos le plantearon.

En sendos autos, el tribunal de garantías señala que pese a ser consciente del "riesgo" de que el Pleno del Parlament apruebe una resolución acorde con la propuesta separatista anunciada "ello no debe llevar a distorsionar el momento asignado por el Ordenamiento constitucional a cada institución para ejercer sus competencias".

Añaden que aunque la ley permitiría suspender cautelarmente la ejecución de cualquier acto que sea objeto de un recurso de amparo, hay que tener en cuenta que el Parlamento "es la sede natural del debate político" y el resultado de este debate "no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate".

El PPC, PSC y Ciudadanos pidieron este miércoles amparo parlamentario ante el TC en tres recursos que denuncian la vulneración de su derecho fundamental a la participación política, recursos que fueron admitidos a trámite.

EL DEBATE DEL CONSTITUCIONAL

El Constitucional comenzó esta mañana el debate de los tres recursos, pero aplazó a la tarde la redacción definitiva de la resolución, sobre la que podría haber diferencias aunque no de fondo.

En su resolución de la admisión a trámite -adoptada por unanimidad-, el TC apreciaba que los recursos plantean cuestiones sobre las que no hay doctrina de este tribunal y añade que "el asunto trasciende del caso concreto, al suscitar una cuestión jurídica de relevante repercusión social, con consecuencias políticas generales".

Además el pleno ha acordado también dirigirse al Parlamento de Cataluña para que, en un plazo que no exceda de 10 días, "remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones parlamentarias correspondientes a los acuerdos impugnados" y para que pueda personarse en el procedimiento.