Renta 2014: lo que tienes que saber

Renta 2014: lo que tienes que saber

Este martes damos la bienvenida (o no) a la última campaña de la renta antes de la reforma fiscal que rebaja el IRPF desde el 1 de enero de 2015. Con unos días de retraso respecto a ejercicios anteriores por la coincidencia en el calendario con la Semana Santa, al fin podemos tener ese ansiado primer encuentro con nuestro borrador a través de la página de la Agencia Tributaria.

Las novedades más interesantes son las respectivas a la vivienda y a los plazos. No hay deducciones por compra en el caso de los inmuebles adquiridos a partir de 2013 y se acaba la del alquiler para los contratos firmados a partir de este año. Asimismo, la dación en pago de la vivienda habitual está exenta.

En cuanto al calendario, las declaraciones con el programa PADRE o similares se podrán presentar desde el mismo día 7, una confirmación que en años anteriores tenía que esperar algunas semanas, con el consiguiente retraso en las posibles devoluciones. La Agencia Tributaria tiene mucha confianza en el crecimiento telemático. De hecho, es su gran apuesta para el presente ejercicio. La evolución realizada sobre el programa PADRE pretende traducirse en una simplificación que ayude y guíe al usuario, más intuitiva y avanzada en la descarga de datos. Los contribuyentes juzgarán.

Por otro lado, cabe destacar que los trabajos realizados en el extranjero están exentos hasta 60.100 euros, que habrá un tacto fiscal especial con los preferentistas y que hay deducciones importantes tanto para emprendedores como para los familiares y amigos que les ayudaron con el capital inicial.

LAS FECHAS A TENER EN CUENTA

  • 7 de abril. Puedes solicitar el borrador, modificarlo y confirmarlo vía telemática.
  • 6 de mayo. Se abre el plazo para solicitar la cita previa.
  • 11 de mayo. Comienza la atención presencial.
  • 25 de junio. Si te toca pagar y quieres hacerlo por domiciliación bancaria, este es tu último día para presentarla.
  • 29 de junio. Último día para pedir cita previa.
  • 30 de junio. Es el último día para presentar tu declaración, ya salga a pagar o a devolver, por cualquiera de las vías establecidas.
  • 5 de noviembre. Si fraccionaste el pago, es el último día para ingresar el 40% correspondiente a la segunda parte restante.

¿CÓMO PUEDO HACERLO?

Para conseguir el borrador necesitas obtener un número de referencia. Para ello hay que introducir tres datos en la página: NIF, el resultado de tu declaración anterior registrado en la casilla 415 (si tienes firma electrónica no te hace falta) y el número de tu teléfono móvil para poder recibirlo.

Una vez tengas el número de referencia podrás tanto acceder a tu borrador y datos fiscales como modificarlo y confirmarlo. Podrás hacerlo en declaraciones individuales o conjuntas siempre que hagas constar el NIF de la pareja. Si no lo ves claro, pide cita.

Si lo que quieres es recibir el borrador físicamente en el buzón, solo es posible si lo pediste en la casilla correspondiente el año anterior. Si no es así, márcalo este año y lo recibirás para el siguiente ejercicio siempre que no lo solicites antes por la vía telemática.

Si estás en deuda con Hacienda, debes saber que puedes fraccionar sin intereses ni multas el pago. Pagarás el 60% al presentar tu declaración y el otro 40% cuando quieras en los siguientes cuatro meses.