Declaración de la renta 2012: Comienza el plazo para pedir cita previa hasta el 28 de junio
Si tienes que hacer la declaración de la renta, seguramente esta noticia te interesará. Desde este lunes y hasta el 28 de junio ya puedes pedir la cita previa a Hacienda para la elaboración de la declaración de la renta 2012.
Este servicio puede solicitarse a través de Internet, de un teléfono automático (901 12 12 24) disponible las 24 horas, o en el teléfono de cita previa (901 22 33 44), de lunes a viernes de 9 a 19 horas. La Agencia Tributaria ofrecerá las citas desde el 13 de mayo hasta el 1 de julio y la cita concertada será recordada por mensaje de texto al móvil o por correo electrónico con tres días de antelación.
Hacienda incide en la importancia de que quienes no puedan acudir a la cita avisen con anterioridad, con el fin de que esa fecha sea destinada a otro contribuyente. Hasta el pasado martes, Hacienda había devuelto ya 1.046 millones de euros (el 14,4% más que en el mismo tiempo de campaña que el año anterior, 29 días) correspondientes a 1.558.000 declaraciones del IRPF (el 16,4% más).
AQUÍ PUEDES CONSULTAR EL CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
La Agencia Tributaria destaca que, a pesar de la crisis, las declaraciones presentadas con resultado a ingresar, 144.800, han crecido el 6,8%, si bien hay que tener en cuenta que en el caso de domiciliar la devolución el contribuyente paga al final de la campaña. Asimismo, se han presentado 2,84 millones de declaraciones, la mayoría por borrador, el 9,6% más.
PREVÉ DEVOLVER 10.665 MILLONES
Las llamadas atendidas con motivo de la declaración de la renta han descendido un 37% respecto al año pasado, debido, según la Agencia Tributaria, a que los contribuyentes acuden más a Internet para sus consultas.
En esta campaña Hacienda prevé devolver 10.665 millones de euros, el 4,56 % menos que hace un año, a 14,9 millones de contribuyentes, el 0,95 % menos. Además, calcula que se presentarán 19,5 millones de declaraciones, de las que 4,1 millones serán con resultado a ingresar, por importe de 6.525 millones, el 3,21 % más.
QUIÉNES TIENEN QUE DECLARAR
En cuanto a los obligados a declarar, se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.