Sacerdotes o no, son delincuentes sexuales y punto
Se me atragantaron las galletas integrales del desayuno al escuchar la noticia: los tres sacerdotes y el profesor de Religión detenidos por abusar sexualmente de un muchacho durante cinco años (están surgiendo otras denuncias más) han sido puestos en libertad por el juez de instrucción nº 4 de Granada.
Se me atragantaron las galletas integrales del desayuno al escuchar la noticia: los tres sacerdotes y el profesor de Religión detenidos por abusar sexualmente de un muchacho durante cinco años (están surgiendo otras denuncias más) han sido puestos en libertad por el juez de instrucción nº 4 de Granada: libertad con cargos para tres y prisión eludible con una fianza de 10.000 euros para el cuarto, el sacerdote jefe del clan. Se me llenó la cabeza de una sola pregunta, a la que no podía encontrar respuesta sensata: hace unas semanas se hablaba a todas horas y sin ambages del "monstruo de Ciudad Lineal" referido a un abusador de menores y, sin embargo, los clérigos y adláteres católicos acusados de abusar sexualmente de menores durante un tiempo prolongado están en la calle y reciben siempre el calificativo de "presuntos". ¿Cuál es la diferencia entre ellos?
La noche anterior se me había atragantado también el tomate rosa de la cena al enterarme de que el obispo de mi ciudad, Manuel Ureña, había mentido pública e impúdicamente al aducir razones de salud para dimitir de su cargo episcopal, cuando en realidad fue cesado fulminantemente por el Papa Francisco por ocultar un caso de acoso y lío sexual entre clérigos en una parroquia e indemnizar a escondidas a la víctima (lo que faltaba: 105.000 euros de los 10.000 millones de euros que obtiene la iglesia católica de las arcas públicas del Estado, destinados nada más y nada menos que a tapar acosos y abusos sexuales entre los propios clérigos).
A su vez, el arzobispo de Granada, Francisco Javier Martínez, se postraba recientemente en señal de penitencia y petición de perdón por los "escándalos de la Iglesia" ante el altar mayor de la catedral (en una puesta en escena cuidada al detalle). Sin embargo, apenas se hace mención de las víctimas (las granadinas y todas las demás, de momento larvadas, en un inmenso pozo negro de abusos de sacerdotes y religiosos a menores existente en España: quedan centenares, miles de casos más). Pues bien, más allá del posible dolor y de los inextricables discursos sobre el "pecado", los abusos sexuales a menores son un delito y quienes los cometen son delincuentes, con derecho, eso sí, a un juicio ecuánime dentro de los cánones del Derecho Penal, la correspondiente sentencia y la cárcel, si así lo dictamina el juez y su sentencia.
En efecto, los obispos suelen escudarse tras su propia jerga ("pecado", "escándalo") en lugar de hacer frente a los hechos tal como son. Mal que les pese, España es constitucionalmente aconfesional (por mucho que la realidad que se palpa diariamente muestre la falta de convicciones laicas que tienen casi todos los dirigentes políticos hispanos, desde la Jefatura del Estado hasta las instituciones locales, pasando por los gobiernos centrales y autonómicos). En esa España aconfesional la mayor parte de la ciudadanía ni comprende ni se siente concernida por semejante nomenclatura religiosa. "Pecado" es un término sin referente en el mundo y las proposiciones trenzadas en torno al vocablo "pecado" y la jerga clerical no dejan de ser simples pseudoproposiciones.
Llama la atención el silencio sobre abusos sexuales a menores cometidos por miembros de la Iglesia Católica (principalmente clérigos y religiosos) en España, Italia y Polonia (países eminentemente católicos) y, en cambio, la multitud de casos descubiertos durante décadas en Argentina, Irlanda, Estados Unidos, Alemania, Bélgica, Méjico, Colombia, Chile, etc., que han arruinado a algunas diócesis católicas ricas solo por hacerse cargo de las indemnizaciones a las víctimas. Solo como botón de muestra, el Gobierno irlandés acordó con la Iglesia católica irlandesa hacerse cargo de 1.200 millones de euros y la jerarquía católica, de 128, para indemnizaciones por los abusos sexuales perpetrados. Tal diferencia se oficializó aduciendo que, si bien los abusadores eran clérigos y religiosos, las instituciones a las que pertenecían eran de titularidad pública (la confesionalidad constitucional de Irlanda alcanza cotas paroxísticas; basta para ello leer el Preámbulo de la Constitución irlandesa).
En muchos de esos países no tiene sentido hablar de pecado, sino de delito y como delincuentes fueron juzgados los abusadores. En España, sin embargo, existe un cúmulo de elementos ideológicos y jurídicos para que las distintas instituciones del Estado (públicas, solo públicas y nada más que públicas) estén condicionadas por las presiones de un lobby tan poderoso a la hora de gobernar y votar como es la Iglesia Católica, con la que el Estado español sigue manteniendo el Concordato de 1953 entre la España de Franco y el Estado del Vaticano y los posteriores Acuerdos de enero de 1979 entre un Estado español netamente posfranquista y el Vaticano. Hasta tal punto llega este poder que no ha habido un solo Gobierno español desde la "transición" hasta nuestros días que haya osado denunciar y derogar el Concordato y los Acuerdos antedichos.