Un Constitucional dividido ampara a Otegi y rechaza repetir el juicio por el 'caso Bateragune'
El alto tribunal se desmarca de la sentencia del Supremo que ordenaba volver a juzgar al coordinador general de EH Bildu y a otros cuatro acusados por el intento de reconstruir Batasuna.
El Tribunal Constitucional (TC) se desmarca del Supremo (TS), no habrá que repetir el juicio por el intento de la reconstrucción de Batasuna, el 'caso Bateragune', que afectaba al coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y a otras cuatro personas que también habían sido condenadas y cumplieron sus respectivas penas.
El pleno del alto tribunal ha tomado una decisión marcada por la división, que se ha saldado por 7 votos de la mayoría progresista frente a los 4 de la conservadora. De esta forma, el tribunal de garantías estima el recurso que el líder abertzale interpuso contra la decisión que el Supremo tomó en 2020.
En este sentido, la sentencia del Tribunal Constitucional cuenta con tres votos particulares y cuatro concurrentes. El tribunal español de mayor rango se alinea con la Fiscalía y con la postura de la justicia europea, al considerar que de repetirse dicho juicio se procedería a una vulneración de los derechos fundamentales.
Vulneración de un principio básico 'non bis in idem'
Precisamente, fue el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) el que anuló las condenas de los afectados, de entre 6 y 6 años y medio de prisión por delito de pertenencia a organización terrorista, pero después de que estas fuesen cumplidas. En este momento, Estrasburgo falló a favor de los condenados exponiendo que la Audiencia Nacional contravino artículo 6.1 del Convenio Europeo y considerando que sí existía un "temor legítimo" a que el tribunal no fuese parcial y que el juicio no contó con todas las garantías.
La principal razón que llevó a este pronunciamiento del TEDH fue el papel de la magistrada Ángela Murillo. La misma jueza que en 2010 había sido apartada por el Supremo en otra causa que cercaba judicialmente a Otegi, acusado de enaltecimiento del terrorismo por falta de imparcialidad. Por aquel entonces, ella era la presidenta de la Audiencia.
La clave de la decisión del Constitucional se encuentra en uno de los preceptos más básicos del derecho, el principio de 'non bis in idem', por el que no se puede juzgar dos veces a una misma persona por el mismo delito. Un principio tan básico en materia jurídica, como el famoso 'in dubio pro reo' -en caso de duda, a favor del preso-.
De hecho, es posible que, tras la sentencia de la que ha sido ponente el exministro de Justicia Juan Carlos Campo, Otegi pueda reclamar una indemnización ya que de esta forma se considera que sus derechos fundamentales han sido vulnerados.