Los policías de la ‘patada en la puerta’ durante el confinamiento van a juicio
Seis agentes al banquillo.
Los seis policías que entraron en un piso de la calle Lagasca el 21 de marzo de 2021 (Con el toque de queda aún en vigor) tirando la puerta abajo se enfrentan a un presunto delito de allanamiento de morada. No contaban con orden judicial y ahora podrían enfrentarse a entre un año y medio y dos de prisión, según informa Confidencial Digital.
El Juzgado número 16 de la Audiencia Provincial de Madrid en un auto del 23 de junio. El juicio tendrá un jurado. El abogado que defiende a los jóvenes que se encontraban en el interior del domicilio sostiene que los agentes son responsables de un delito de allanamiento de morada, previsto en el artículo 202.2 y 204 del Código Penal.
También pide, en concepto de responsabilidad civil a T.J.G, la persona que tenía alquilada el piso, 2.921 euros por los desperfectos ocasionados en la vivienda y otros 4.000 por daños morales al haberse violentado su intimidad. Pide de 1 año y medio a 2 años y medio de cárcel para los policías.
La Fiscalía, por su parte, entiende que en el caso del agente que dio la orden de entrada en el inmueble “no procede imponer pena alguna”, al incurrir en un error de tipo, puesto que en el Código Penal no se encuentra “expresamente” tipificada la modalidad “imprudente” del delito de allanamiento de morada.
Respecto a los otros cinco policías afirma que concurre la circunstancia eximente completa de obrar en cumplimiento de un deber.
Sin embargo, tanto como la Abogacía del Estado, que representan a cuatro agentes y los letrados del subinspector y de otro policía, que son Juan Antonio Frago y Verónica Suárez, niegan cualquier tipo de participación al considerar que no se ha cometido ilícito penal alguno y, en su caso, su actuación quedaría amparada por la concurrencia del error de la eximentes invocadas.