La empresa descubre a su trabajador de baja jugando al golf tras espiarle y le acaba indemnizando con 15.000 euros
La sentencia no es firme y cabe recurso.
Un empleado en situación de incapacidad temporal por un "trastorno adaptativo no especificado" fue descubierto jugando al golf por su empresa, que lo sancionó con 60 días de suspensión de empleo y sueldo.
La sanción se basó en un informe de detectives que documentó sus actividades en un club de golf privado y en una segunda residencia fuera del País Vasco. Así lo recoge el diario Europa Sur en una información.
El trabajador, en desacuerdo con la sanción, la recurrió y el Juzgado de lo Social 2 de San Sebastián le dio la razón. El tribunal anuló la sanción al considerar que la prueba obtenida por los detectives violaba el artículo 48 de la Ley de Seguridad Privada, que prohíbe investigar la vida íntima de las personas en sus domicilios u otros lugares reservados, como el club de golf.
Sanción laboral anulada, con indemnización incluida
Además de anular la sanción, el juzgado condenó a la empresa a indemnizar al trabajador con 15.000 euros por los daños y perjuicios causados. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirmó esta sentencia, subrayando que el club de golf es un lugar privado sin acceso público, lo que constituye una intromisión en la intimidad del trabajador durante su incapacidad temporal.
El tribunal también señaló que el trastorno adaptativo no especificado del empleado no contraindica la práctica del golf ni el traslado a una segunda residencia. Esta sentencia aún puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.