La Audiencia Nacional da la razón a la familia del guardia civil fallecido por la mordedura de una garrapata

La Audiencia Nacional da la razón a la familia del guardia civil fallecido por la mordedura de una garrapata

La Audiencia Nacional falla a favor de la familia de un guardia civil fallecido por la fiebre Crimea-Congo.

Una garrapata sobre la piel de una persona en una imagen de archivo.Getty Images

En un reciente fallo judicial, la Audiencia Nacional ha emitido una sentencia que reconoce la muerte de un agente de la Guardia Civil como un acto de servicio. El agente, que formaba parte del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) en Ponferrada, León, contrajo el virus de la fiebre Crimea-Congo tras ser mordido por una garrapata durante el ejercicio de sus funciones en 2022.

La controversia surgió cuando el Ministerio de Defensa, el enero pasado, emitió un informe que contradecía la declaración inicial de la Guardia Civil, argumentando que el fallecimiento no cumplía con las condiciones para ser considerado un acto de servicio. La familia del agente, no conforme con esta decisión, llevó el caso ante la justicia, siendo representados por el abogado Santiago Díaz Martínez, de la asociación 'El defensor del paciente'.

El juez del juzgado central de lo contencioso administrativo número 4 de la Audiencia Nacional ha dictaminado a favor de la familia, estableciendo que el fallecimiento sí ocurrió en acto de servicio. Esta decisión permite a la familia del guardia civil acceder a la pensión extraordinaria que corresponde en estos casos.

El magistrado ha tenido en cuenta los informes médicos y las circunstancias del servicio prestado por el agente entre el 30 de mayo y el 3 de junio de 2022. Estos informes detallan un periodo de incubación de la enfermedad de hasta 13 días, seguido de un periodo de desarrollo prehemorrágico de 4 a 5 días y un periodo crítico hemorrágico de 2 a 3 días. Basándose en esta información, el juez ha concluido que no hay duda de que la infección se produjo durante el tiempo de servicio del agente.

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La Abogacía del Estado había argumentado que el contagio pudo haber ocurrido después del 4 de junio de 2022, cuando el agente dejó de prestar servicio, sugiriendo que la infección pudo haberse adquirido durante un viaje privado a Canarias o mientras realizaba labores agrícolas sin camisa. Sin embargo, el magistrado ha rechazado esta teoría, afirmando que las actividades privadas del hombre no excluyen el riesgo principal de infección, que es la prestación de servicios en el Seprona.