Estrella Galicia gana la batalla a la 'copia' del embutido en Europa
El Tribunal General de la UE ha dictado sentencia.
El gigante cervecero Hijos de Rivera, propietaria de la marca Estrella Galicia, ha ganado una particular contienda legal a nivel europeo.
La disputa viene de años atrás, cuando la empresa Productos Ibéricos Calderón y Ramos, S. L., con sede en Guijuelo (Salamanca), presentó en 2018 una solicitud ante la UE para registrar la marca 'Estrella de Castilla'. Este sello se destinaría a productos de charcutería y los servicios relacionados de venta al por menor, al por menor y a través de Internet.
Sin embargo, como detalla Confilegal, la empresa Hijos de Rivera se opuso a tal denominación porque registró su propia marca en diciembre de 2013, pensada para cervezas, aguas minerales, diferentes bebidas sin alcohol, gaseosas y otros productos.
El órgano competente, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, en sus siglas en inglés), estimó la oposición de la cervecera y posteriormente rechazó el recurso de la charcutera. En su fallo, la EUIPO apuntaba que "la marca Estrella Galicia gozaba de renombre en España para la cerveza" y existía riesgo de que la marca charcutera obtuviera una 'ventaja desleal' del renombre de Estrella Galicia.
Ante esto, Productos Ibéricos Calderón y Ramos recurrió ante el Tribunal General de la UE, pero ahora el alto tribunal comunitario también ha fallado contra la charcutera.
Como añade Confilegal, la sentencia del Tribunal General llegó el 25 de octubre y en ella recoge la posibilidad de denegar una marca idéntica o similar a una marca anterior si el titular de esta se opone a ello, cuestión independiente de que los productos sean idénticos o similares.
El Tribunal General de la UE también ha valorado varios requisitos necesarios para tomar la decisión que ha adoptado, como que la marca Estrella Galicia goza de elevado renombre en España respecto de la cerveza, que el público de referencia es el público en general y el parecido de los elementos de ambas marcas.
A diferencia de la EUIPO, el Tribunal General ve diferentes en los signos a nivel gráfico, si bien sí hay un grado de similitud medio a nivel fonético y conceptual, por las referencias a una estrella y un topónimo.