Estos son los únicos ascensores que se librarán de todos los marrones y derramas por la nueva ley
Ha entrado en vigor este 1 de julio.
Hay algunas leyes que lo cambian todo cuando son aprobadas. Algunas de ellas buscan transformar una situación que resulta peligrosa y dar una mayor seguridad a las personas que se pueden ver afectadas.
Eso es lo que trata de buscar la nueva ley de ascensores que entró en vigor el pasado 1 de julio. Se trata de la 'Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores', o conocida informalmente como la ITV de los ascensores.
Una norma que regula su puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente, por un coste de unos 708 millones de euros a abordar en siete años.
El nuevo reglamento pone el foco en casi la mitad de los ascensores actuales. Del más de un millón que hay en España, 400.000 tienen una antigüedad de más de tres décadas y en ellos hay que poner especial hincapié.
En el caso de incumplir la ley, las multas pueden ser cuantiosas. Variando desde los 500 euros por una reforma menor, hasta los casos que necesitan transformaciones mayores, que alcanzan los 40.000 euros.
Pero esa norma afecta de forma directa a aquellos ascensores que suban dos o más pisos, transporte personas y no cumplan con los requisitos necesarios. Entre las obligaciones, deben tener una mejora de la nivelación del suelo del ascensor, una barrera fotoeléctrica, contar con un pesacargas en la cabina para evitar los movimientos del ascensor y mejora de sistemas de comunicación obligatorios.
Aquellos ascensores que cuenten con guías de madera, deberán cambiarlas, ya que desde el 1 de julio están obligados a contar con un sistema de protección ante movimientos incontrolados de la cabina.
Hay un tipo de elevadores que se librarán de cualquier multa, pese a no hacer cambios. Se trata de los considerados como patrimonio histórico artístico, que no deberán cumplir todos esos requisitos.